Jdo. Cob. Laboral y Previsional de San Miguel

ARÁNGUIZ/CECINAS SAN FERNANDO SPA

Rol

C-55-2023

Fecha

24 de abril de 2023

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: 1.- Que, con fecha 12 de abril en curso, don Kristian Serón Bustamante, abogado de la ejecutada, CECINAS SAN FERNANDO SPA, interpuso incidente de nulidad de todo lo obrado indicando que, con fecha 05 de abril de 2023, su representada, por medio de la Plataforma del Banco Internacional, se impuso del hecho de haber sido embargada por un monto de $ 2.150.554.-, lo que motivó que revisara la plataforma del Poder Judicial, tomando conocimiento de la existencia de la presente acción de Cobranza Laboral. Para fundamentar su incidencia, sostuvo que el requerimiento de pago puede efectuarse personalmente o por cédula, y que estas actuaciones, así como las demás en que deba intervenir un ministro de fe, son realizadas por un empleado del mismo tribunal o por un receptor judicial. Agregó que no existe gestión o diligencia alguna de su representada, que pruebe o haga presumir que tuvo conocimiento de la existencia de la presente ejecución, por tanto, su representada no fue legalmente emplazada de la acción deducida, cuestión que la dejó en la más absoluta indefensión, situación que le provocó un perjuicio reparable solamente con la declaración de nulidad de todo lo obrado. Finalmente solicitó se acogiera la nulidad reclamada, y se retrotrajese la causa al estado de notificar válidamente la ejecución de autos. 2.- Que con fecha 12 de abril de 2023 se dio traslado de la presentación antedicha. 3.- Que, con fecha 14 de abril de 2023, evacuando el traslado la ejecutante, solicitó el rechazo del incidente de nulidad con expresa condenación en costas. Expuso que, siendo esta causa la continuación de un juicio declarativo, había que estarse a la notificación que se efectuó a la demandada el 20 de enero de 2023, en los autos RIT: M-426-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, oportunidad en la que la ejecutada fue válidamente emplazada. Agregó que el 17 de febrero de 2023 se notificó la liquidación a la demandada mediante carta certificada, según lo ordenaba el

Fallo

por tanto, su representada no fue legalmente emplazada de la acción deducida, cuestión que la dejó en la más absoluta indefensión, situación que le provocó un perjuicio reparable solamente con la declaración de nulidad de todo lo obrado. Finalmente solicitó se acogiera la nulidad reclamada, y se retrotrajese la causa al estado de notificar válidamente la ejecución de autos. 2.- Que con fecha 12 de abril de 2023 se dio traslado de la presentación antedicha. 3.- Que, con fecha 14 de abril de 2023, evacuando el traslado la ejecutante, solicitó el rechazo del incidente de nulidad con expresa condenación en costas. Expuso que, siendo esta causa la continuación de un juicio declarativo, había que estarse a la notificación que se efectuó a la demandada el 20 de enero de 2023, en los autos RIT: M-426-2022 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, oportunidad en la que la ejecutada fue válidamente emplazada. Agregó que el 17 de febrero de 2023 se notificó la liquidación a la demandada mediante carta certificada, según lo ordenaba el artículo 466 del Código del Trabajo, por lo que la incidencia de nulidad debe ser rechazada. 4.- Que, el presente juicio tienen por objetivo obtener el cumplimiento de lo resuelto en los autos RIT M.426-2022, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, en los cuales consta lo siguiente: a) La demandada, CECINAS SAN FERNANDO SpA., fue notificada de la demanda laboral y de la resolución que acogió ésta, en su domicilio de calle Parroquia N°1641

Texto Completo (Preview)

krr San Miguel, veinticuatro de abril de dos mil veintitrés. Proveyendo a lo principal de la presentación de fecha 12 de abril de 2023: Vistos: 1.- Que, con fecha 12 de abril en curso, don Kristian Serón Bustamante, abogado de la ejecutada, CECINAS SAN FERNANDO SPA, interpuso incidente de nulidad de todo lo obrado indicando que, con fecha 05 de abril de 2023, su representada, por medio de la Plat

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