3º JUZGADO DE LETRAS DE CALAMA

MONDACA/GOTT

Rol

Fecha

7 de octubre de 2024

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los

Fundamentos

considerandos séptimo y octavo, Y, EN SU LUGAR SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, conforme al mérito de autos, teniendo presente que las pretensiones de la parte demandante, tanto en su acción principal como subsidiaria, se fundamentan en el régimen de responsabilidad extracontractual conforme al artículo 2.314 del Código Civil, y considerando la norma contenida en el artículo 134 del Código de Orgánico de Tribunales, procede revocar la resolución en alzada por ser competente para conocer de estos autos el juez del domicilio de la demandada. SEGUNDO: Que no se condena en costas a la parte demandante, por haber tenido motivo plausible para litigar.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, sin costas, la sentencia de fecha ocho de agosto de dos mil veinticuatro dictada por el 3° Juzgado de Letras de Calama en causa Rol C-1386-04, y en su lugar, se declara que se acoge la excepción dilatoria, debiendo conocer de los presentes autos el juez competente del domicilio de la demandada, sin costas. Regístrese y devuélvanse. Rol 883-2024 (Civil)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a siete de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los considerandos séptimo y octavo, Y, EN SU LUGAR SE TIENE, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, conforme al mérito de autos, teniendo presente que las pretensiones de la parte demandante, tanto en su acción principal como subsidiaria, se fundamentan en el régimen de responsabilidad

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