DENISSE VIANEIS GUZMAN FUENTEALBA CON HOSPITAL CLINICO DEL SUR SPA
Rol
Fecha
7 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-REVOCADA
Hechos
VISTOS: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma. PRIMERO: Que, como causal de casación en la forma en la que se sustenta el presente arbitrio, la recurrente DENISSE VIANEIS GUZMÁN FUENTEALBA, invoca la del Nº 5º del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, consistente en “haber sido pronunciada [la sentencia] con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el art. 170”, alegando que el requisito omitido sería el consignado en el Nº 4 de este último artículo, relativo a “las consideraciones de hecho o de derecho que sirven de fundamento a la sentencia”. Para fundamentar su alegación señala que el tribunal a quo no valoró toda la prueba rendida en autos, sino que, por el contrario, se limitó a señalar en el
Fundamentos
considerando 29º de la sentencia impugnada, para desechar la demanda, que tratándose de materias esencialmente de técnica médica, era necesario el conocimiento científico especializado, lo que exigía la producción de peritajes o informes de médicos especialistas que otorgaren luz sobre lo debatido, lo que no se hizo en este caso. La recurrente sostiene que no es condición para acoger una demanda civil indemnizatoria por responsabilidad médica que exista un peritaje, pues, mediante la existencia de otros elementos probatorios se puede acreditar, perfectamente, la infracción a la lex artis y, más precisamente, la negligencia médica, como en el presente caso, en que la parte recurrente afirma que la responsabilidad médica se encontraría acreditada por otros documentos acompañados al proceso, los que pormenoriza en su recurso y que, en su concepto, tienen el mérito de acreditarla. Sostiene, además, que el tribunal se habría fundado, para desechar la demanda, en documentos encriptados que no tuvo oportunidad de conocer en el juicio. Concluye que estas omisiones en la fundamentación de la sentencia configuran la causal de casación denunciada, lo que haría procedente la invalidación del
Fallo
fallo objetado, sosteniendo además que dicha infracción habría influido en lo dispositivo de la sentencia, desde que ésta rechazó la demanda, por lo que solicita se acoja el presente recurso y, acto continuo y sin nueva vista, se dicte la sentencia de reemplazo que revoque la sentencia de primera instancia y acoja la demanda principal de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual, o la demanda subsidiaria de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, con costas. SEGUNDO: Que, para resolver este recurso de casación en la forma se debe tener presente que, habiendo deducido conjuntamente el recurrente recurso de apelación en contra de la misma sentencia, en el que también se solicita la revocación del fallo en base a argumentos similares a aquellos que se han hecho valer en la presente impugnación de nulidad, de existir el vicio formal alegado, aquél resulta subsanable por la vía de ese recurso ordinario, atendido lo dispuesto en el artículo 768 parte final del Código de Procedimiento Civil, razón por la que se desestimará el presente recurso de casación en la forma. II.-En cuanto al recurso de apelación. TERCERO: Que la apelante pide que se revoque la sentencia de primera instancia y se acoja la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad contractual y, en subsidio, la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual deducida por DENISSE VIANEIS GUZMÁN FUENTEALBA en contra del HOSPITAL CLÍNICO
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, a siete de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma. PRIMERO: Que, como causal de casación en la forma en la que se sustenta el presente arbitrio, la recurrente DENISSE VIANEIS GUZMÁN FUENTEALBA, invoca la del Nº 5º del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, consistente en “haber sido pronunciada [la sen
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica