ANONIMIZADO
Rol
Fecha
7 de octubre de 2024
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, la edad de 15 años del adolescente, el reconocimiento de su autonomía progresiva y el principio del interés superior del niño reflejado en su derecho a ser oído y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de fecha veintiséis de junio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Rancagua, en la causa RIT C-747-2024. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 407-2024-Familia.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, siete de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, la edad de 15 años del adolescente, el reconocimiento de su autonomía progresiva y el principio del interés superior del niño reflejado en su derecho a ser oído y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de fecha veintiséis de junio de dos m
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