SIN INFORMACION

BELTRAN CONTRERAS JUAN DE DIOS/ GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

7 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: En estos autos, con fecha 26 de septiembre de 2024, comparece don Humberto Enrique Beltrán Espinoza, actuando en favor de su hijo, don Juan de Dios Beltrán Contreras, e interpone acción constitucional de amparo –mediante formulario- en contra de Gendarmería de Chile, en virtud del artículo 21 de la Constitución Política de la República, solicitando que se proteja a ambos. Expone que, sin previo aviso, el amparado fue cambiado de la calle en que se encontraba, lo que tuvo como consecuencia que fuera amenazado, poniéndose en riesgo su vida y seguridad personal. Afirma que dicho cambio deja al amparado en un estado de indefensión. Atendido lo anterior, solicita que el amparado sea enviado de vuelta a la calle en que previamente se encontraba, o bien, que sea enviado a un centro penitenciario en Puente Alto, a fin de proteger su vida e integridad física. Segundo: Que, por la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile evacuó informe el abogado Néstor Ricardo Rojas Pardo, quien expone que el amparado, Juan de Dios Beltrán Contreras, se encuentra cumpliendo condena desde el 12 de septiembre de 2024 en el Centro Penitenciario Santiago Sur. Hace presente que, al momento de su ingreso, le fue asignada la calle N° 4 por la oficina de clasificación y, posteriormente, el 26 de septiembre de 2024, se le derivó a la calle N° 6, de conformidad con su perfil criminógeno y compromiso delictual, donde no permaneció por mucho tiempo y se mantuvo aislado por medidas de seguridad. Afirma que el amparado actualmente se encuentra en la Calle N° 4, en atención a las medidas de seguridad dispuestas a su favor, manteniéndose en resguardo su integridad personal, física y psicológica. Agrega que no existen registros de agresiones ni de problemas de convivencia al interior de la Unidad Penal respecto al amparado, lo que es corroborado por él mismo en una declaración que se acompaña, en la que, además, solicita permanecer en su actual depe

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Juan de Dios Beltrán Contreras, y en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2674-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: En estos autos, con fecha 26 de septiembre de 2024, comparece don Humberto Enrique Beltrán Espinoza, actuando en favor de su hijo, don Juan de Dios Beltrán Contreras, e interpone acción constitucional de amparo –mediante formulario- en contra de Gendarmería de Chile, en virtud del artículo 21

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