SIN INFORMACION

ORTIZ/SEPÚLVEDA

Rol

Fecha

7 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que don Manuel Jesús Ortiz Suazo, ingeniero en prevención de riegos, con domicilio en loteo Manuel Larraín, lote número 13, comuna de San Clemente, interpuso recurso de protección en contra de la Municipalidad de San Clemente, representada por doña María Inés Sepúlveda Fuentes, alcaldesa de ésta, domiciliados en Carlos Silva Renard N°792, de la Comuna de San Clemente, Región del Maule y que en la especie amenazan específicamente las siguientes garantías constitucionales protegidas, a saber, el derecho a la vida, y a la integridad física y psíquica de la persona, garantizado en el artículo 19 N°1 y debido proceso del N°3 de esa misma norma. Solicita que en definitiva se deje sin efecto el Decreto Alcaldicio N° 02717 de 7 de mayo de 2.024, de ese municipio por la falta de un proceso racional y justo, y una afectación psíquica manifiesta, siendo derechamente arbitraria, e irrogó un perjuicio que solo es posible reparar con resolución favorable respecto del presente recurso; que se decrete la reincorporación del recurrente, Manuel Jesús Ortiz Suazo, a fin de que desempeñe funciones en la Municipalidad de San Clemente, manteniendo el vínculo laboral al tenor del Decreto Alcaldicio N° 1084 de 8 de marzo del 2023; más el pago de las costas de la causa. El recurrente indicó que mediante el Decreto Alcaldicio N°1084 de 8 de marzo de 2.023 fue nombrado funcionario titular de la planta municipal, para ocupar cargo directivo de exclusiva confianza de director de Servicio Traspasados, grado 6, desempeñando funciones en materia educacional y salud comunal. Añade que en febrero del año en curso se gatillaron una serie de situaciones en su trabajo, siendo excluido de reuniones, eliminación de grupos de WhatsApp con funcionarios, lo que generó un evidente agravio emocional, afirmando que dichas prácticas fueron dispuestas por la recurrida. El 22 de abril de 2.024 explicó en el Departamento de Relaciones Humanas las situaciones vividas, activándose el protocolo de acoso laboral por intermedio de la psicóloga de la Municipalidad, tomándosele declaración sobre los hechos, siendo extendidas licencias médicas por la Mutual de Seguridad. En forma paralela, el 23 de abril pasado, la recurrida efectuó una denuncia en su contra en la fiscalía por hechos que pudieran ser constitutivos de delito, indicando que “…en el contexto de otra licitación pública, denominada gira deportiva y recreacional por méritos en el campamento medioambiental comunal, el mencionado director le habría requerido el pago de la suma de $300.000.- por concepto de pago de viáticos a funcionarios municipales…”. Por medio del Decreto Alcaldicio N°2432 de 22 de abril de este año se instruyó sumario administrativo en su contra, y se designó a un fiscal investigador y, posteriormente, éste fue sustituido por don Ángel Concha Rebolledo, actual director de Servicios Traspasados (cargo que desempeñaba), lo cual además de ser arbitrario desde el punto de vista administrativo es atenta

Fallo

fallo del recurso de protección, SE RECHAZA, con costas, el recurso de protección interpuesto por Manuel Jesús Ortiz Suazo en contra de la Municipalidad de San Clemente, con ocasión de la dictación del Decreto Alcaldicio N° 02717 de 7 de mayo de 2.024. Redacción del ministro Carrillo González. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 1662-2024/Protección. Se deja constancia que no firma el Abogado Integrante don Hugo Escobar Alruiz, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo, por encontrarse ausente. 6

Texto Completo (Preview)

Recurso de Protección Rol IC. N°1662-2024. “Manuel Jesús Ortiz Suazo contra Municipalidad de San Clemente”. Talca, siete de octubre de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: Primero: Que don Manuel Jesús Ortiz Suazo, ingeniero en prevención de riegos, con domicilio en loteo Manuel Larraín, lote número 13, comuna de San Clemente, interpuso recurso de protección en contra de la Municipalidad

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