ANONIMIZADO
Rol
Fecha
4 de octubre de 2024
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo presente que el demandante acompañó antecedentes que, por ahora, dan cuenta que se ha deteriorado su situación económica, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva, y conforme lo previsto en los artículos 3 y 4 de la Ley 14.908 y número 2 del artículo 67 de la Ley 19.968 se revoca, en lo apelado, la resolución de veintiséis de julio de dos mil veinticuatro en cuanto no da lugar a la solicitud de rebajar provisoriamente los alimentos vigentes y en su lugar se declara que se accede a dicha petición fijándose por concepto de alimentos provisorios el monto de 2,26 UTM, equivalente en la...
Fallo
se declara que se accede a dicha petición fijándose por concepto de alimentos provisorios el monto de 2,26 UTM, equivalente en la...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Mgab/cff Chillán, cuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente que el demandante acompañó antecedentes que, por ahora, dan cuenta que se ha deteriorado su situación económica, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva, y conforme lo previsto en los artículos 3 y 4 de la Ley 14.908 y número 2 del artículo 67 de la Ley 19.968 se revoca, en lo apelado,
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