3º JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE ARICA

DIEGO RIQUELME SOTO CONTRA AQUO DEL TERCER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE ARICA

Rol

Fecha

4 de octubre de 2024

Materia

APELACIÓN INCIDENTE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, en los presentes autos se alzó en apelación la parte denunciada en contra de la resolución de 18 de marzo de 2024 que no dio lugar a tenerlo por excusado del proceso eleccionario del Plebiscito Constitucional de cuatro de septiembre de dos mil veintidós, sin perjuicio de moderar la multa originalmente impuesta desde 3 Unidades Tributarias Mensuales a $100.000.- SEGUNDO: Que, respecto del recurso, se fundamentó en que la notificación de la infracción se realizó en un lugar al que no podía acceder, por lo que se vio impedido de acreditar que se encontraba en comisión de servicio en su calidad de funcionario del Ejercito de Chile en la ciudad de Santiago el día de los comicios. TERCERO: Que, del mérito de los antecedentes acompañados en primera instancia, en particular, del Certificado de 22 de marzo de 2024 expedido por el Ejército de Chile, se da cuenta que el denunciado el día del plebiscito de 4 de septiembre de 2022 se encontraba realizando funciones de trabajo en la ciudad de Santiago, razón por la cual se encontraba a más de 200 kilómetros de distancia de su local de votación, excusa legal suficiente de acuerdo al tenor del artículo 142 de la Constitución Política de la República para no incurrir en infracción alguna. CUARTO: Que, así las cosas, encontrándose en la causal de excepción de participar del proceso eleccionario referido procedente, sin perjuicio de la oportunidad procesal en la cual pudo presentar su descargo, se acogerá la excusa y se dejará sin efecto la multa, como se resolverá en lo resolutivo. Y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, SE REVOCA la resolución apelada de dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro dictada en la causa Rol 6949-2023 del Tercer Juzgado de Policía Local de esta ciudad, y en su lugar se resuelve que, se tiene por excusado de la participación en el proceso eleccionario de 04 de septiembre de 2022 a don CARLOS ANTONIO SEPULVEDA URIBE, eximiéndosele del pago de la multa. Co

Fallo

se resuelve que, se tiene por excusado de la participación en el proceso eleccionario de 04 de septiembre de 2022 a don CARLOS ANTONIO SEPULVEDA URIBE, eximiéndosele del pago de la multa. Comuníquese, devuélvase el expediente y archívese en su oportunidad. Rol N° 54-2024 Policía Local. En Arica, cuatro de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

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C.A. de Arica Arica, cuatro de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO: PRIMERO: Que, en los presentes autos se alzó en apelación la parte denunciada en contra de la resolución de 18 de marzo de 2024 que no dio lugar a tenerlo por excusado del proceso eleccionario del Plebiscito Constitucional de cuatro de septiembre de dos mil veintidós, sin perjuicio de moderar la multa originalmente impuesta de

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