JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CALAMA

CODELCO CHILE/CROTHERS

Rol

105970-2022

Fecha

9 de noviembre de 2022

Materia

Reforma Laboral

Resultado

INADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483 A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por los demandados en relación con la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que acogió el de nulidad que interpuso la demandante en contra de la que rechazó la demanda, dictando sentencia de reemplazo que hizo lugar, con costas a la demanda de desafuero, y concedió la autorización judicial para que la demandante ponga término a la relación laboral que mantiene con los demandados por la causal de término del contrato de trabajo que contempla el artículo 160 N°1 letra a) y N°7 del Código del Trabajo. Segundo: Que la legislación laboral ha señalado que es susceptible del recurso de unificación de jurisprudencia la resolución que falle el arbitrio de nulidad, a cuyo efecto indica que procede cuando “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia”, constituyendo requisitos de admisibilidad, que deben ser controlados por esta Corte, su oportunidad, la existencia de fundamento y una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones a que se ha hecho referencia. La norma exige, asimismo, acompañar copia del o de los fallos que se invocan como fundamento -artículos 483 y 483-A del Código del Trabajo-. Tercero: Que se plantea como primera materia de derecho a unificar, la determinación de «si, en el juicio laboral, la “facultad jurisdiccional” consistente en el establecimiento de los hechos de la causa, también denominada la cuestión fáctica del juicio, pertenece al tribunal de primer grado o pertenece al tribunal de segundo grado.». Como segunda materia de derecho la determinación de la «correcta aplicación de las causales del art. 160 N°1, letra a) y art. 160 N°7 del Código del Trabajo» Cuarto: Que, como se observa, aquellas no resultan ser las materias de derecho objeto del juicio, el que versó sobre desafuero sindical, constatándose que, en los términos formulados, no constituyen asuntos jurídicos habilitantes de este arbitrio excepcional, puesto que corresponden a tópicos de carácter procesal ajenos a la discusión laboral de fondo, referidos, por una parte, a la decisión respecto del recurso de nulidad y por otra, a la aplicación de causales de despido, concluyéndose, por tanto, que el recurso intentado en esta sede debe ser desestimado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 483 y 483 A del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia de uno de septiembre de dos mil veintidós de la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Regístrese y devuélvase. Nº105.970-2022.

Fallo

por tanto, que el recurso intentado en esta sede debe ser desestimado. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 483 y 483 A del Código del Trabajo, se declara inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia de uno de septiembre de dos mil veintidós de la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Regístrese y devuélvase. Nº105.970-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483 A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por los demandados en relación con la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que acogió el

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica