MEZA/QUEVEDO
Rol
Fecha
4 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que comparece Andrés Eduardo Arrizaga Norambuena, en representación de Daniela Fernanda Meza Rivera, interponiendo recurso de protección en contra de Renato Quevedo Maulén y la Pontificia Universidad Católica de Chile, por haber el primero publicado un video en la plataforma digital Tik Tok con contenido difamatorio hacia la recurrente, y la segunda por no haber tomado medidas adecuadas ante la denuncia de la situación, actuaciones que considera ilegales y arbitrarias, ya que vulnera la integridad psíquica de la recurrente, su derecho a la honra y a la propia imagen, vulnerando con ello los derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 números 1, 4 y 24 de la Constitución Política de la República, que garantiza a todas las personas, por lo que solicita se ordene la eliminación de las publicaciones y comentarios en contra de la recurrente en la red social Tik Tok y cualquier otra, y se disponga de todas las medidas que el Tribunal considere conducentes al restablecimiento del Derecho. Que el recurrente expone como antecedentes de hecho que Daniela Fernanda Meza Rivera y Renato Quevedo Maulén son estudiantes de la Pontificia Universidad Católica de Chile y compartían el curso de "Introducción a la Publicidad". En el contexto de un trabajo grupal, entre los días 26 y 27 de mayo de 2024, Renato Quevedo publicó un video en la plataforma Tik Tok, el cual se hizo viral, refiriéndose a Daniela Meza como una estudiante "floja", "incompetente" y "cero a la izquierda", utilizando un lenguaje grosero y denostativo. Que durante el periodo de preparación del trabajo grupal, Daniela participaba activamente en el grupo de WhatsApp creado para la coordinación de la actividad. Sin embargo, Renato nunca respondía sus mensajes, ignorándolos. Posteriormente, Daniela no pudo asistir a una reunión programada, lo que Renato utilizó como motivo para crear el video difamatorio en las redes sociales. Refiere que en el video el recurrido Quevedo reveló diversos datos
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene la eliminación de las publicaciones y comentarios que mantengan en contra de la recurrente en la red social Tik Tok y cualquier otra, por parte del recurrido Renato Quevedo Maulén en un plazo prudente, y se le ordene abstenerse en lo sucesivo de realizar publicaciones del tenor de la que motivó el presente recurso, como asimismo, se dispongan todas las medidas que el Tribunal considere conducentes al restablecimiento del derecho. SEGUNDO: Que la Pontificia Universidad Católica de Chile, representada por el abogado José Miguel Burmeister Lobato, ha evacuado el informe solicitado por esta Corte, exponiendo los antecedentes de hecho y de derecho que fundamentan su actuación y solicitando el rechazo del recurso de protección interpuesto. En primer término, señala como consideración preliminar que se encuentra en tramitación el Proceso de Responsabilidad N° 352/2024 ante la Secretaría General de la Pontificia Universidad Católica de Chile, iniciado en razón de los antecedentes informados por la recurrente a través de correo electrónico de fecha 31 de mayo de 2024. En virtud de lo anterior, sostiene que no existe ningún acto arbitrario por parte de la Universidad que esté vulnerando garantías constitucionales de la recurrente, lo que se desprendería de la misma argumentación de ésta con respecto a las privaciones, perturbaciones o amenazas a las garantías que alega, donde no menciona a la Univ
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Al folio 24; téngase presente. VISTOS: PRIMERO: Que comparece Andrés Eduardo Arrizaga Norambuena, en representación de Daniela Fernanda Meza Rivera, interponiendo recurso de protección en contra de Renato Quevedo Maulén y la Pontificia Universidad Católica de Chile, por haber el primero publicado un video en la plataforma digi
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