MINISTERIO PUBLICO C/ SEBASTIAN NICOLAS POLANCO TORRES
Rol
Fecha
4 de octubre de 2024
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: 1.- Que la defensa de la imputada Luisa del Carmen Fonceca Galaz ha apelado de la resolución de fecha 26 de septiembre último, que mantuvo la medida cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno impuesta, solicitando que se le sustituya por firma mensual o quincenal. Dicha imputada se encuentra formalizada desde el 29 de abril del presente año, como autora del delito consumado de lavado de dinero establecido en el artículo 27-A de la ley 19.913. 2.- Que los
Fundamentos
fundamentos que esgrime la defensa consisten básicamente en varios aspectos: primero, que se encuentra cuidando a su padre, persona de 92 años de edad, que aunque no vive con ella requiere cuidados especiales; segundo, que la imputada se encuentra con licencia médica, por lo que no ha podido integrarse a sus labores habituales en el Departamento de Educación de la Municipalidad de Talcahuano; asimismo, que se encuentra diagnosticada con trastorno adaptativo, estrés y ansiedad y no ha podido llevar adelante su tratamiento, acompañando receta del medicamento Zopiclona, que le produce sueño, y, finalmente, aduce la proporcionalidad de la medida impuesta. 3.- Que el Ministerio Público solicitó la confirmación de la medida cautelar impuesta a la imputada, aduciendo que el informe médico acompañado, de fecha 14 de septiembre de 2024, extendido por un médico cirujano, da cuenta de que ésta le manifestó que su padre vivía con ella y que la agredía psicológicamente, sin que a la fecha se le hubiere podido internar en algún hogar por falta de cupo, situación que incidía en sus problemas de estrés y ansiedad. 4.- Que, en este orden de ideas, estos sentenciadores estiman que los antecedentes que se han esgrimido en esta audiencia por la defensa no tienen la entidad suficiente para hacer variar las circunstancias que se tuvieren en vista al momento de decretar la medida cautelar que actualmente se encuentra vigente, considerando principalmente la pena asignada al delito que se le imputa a Fonceca Galaz.
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción en la causa RIT 5357-2023, que mantuvo la medida cautelar de privación parcial de libertad en su casa en modalidad nocturna, impuesta a la imputada Luisa del Carmen Fonceca Galaz. Comuníquese por la vía más expedita y devuélvanse los autos al tribunal de origen. N°Penal-1793-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SIBCh/xsr Concepción, cuatro de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: 1.- Que la defensa de la imputada Luisa del Carmen Fonceca Galaz ha apelado de la resolución de fecha 26 de septiembre último, que mantuvo la medida cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno impuesta, solicitando que se le sustituya por firma mensual o quincenal. Dicha imputada se encuentra formali
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