IMPUTADO: JOSE ARMANDO VILLAMAN CAMPOS
Rol
Fecha
4 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA, SIN COSTAS
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que el tres de junio de dos mil veinticuatro, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles dictó sentencia definitiva en causa RIT 17-2024, por la cual se condenó a José Armando Villamán Campos, a la pena de diecisiete años y seis meses de presidio mayor en su grado máximo, y a la de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, por su responsabilidad como autor del delito de homicidio simple, en grado de consumado, descrito y sancionado en el artículo 391 Nº2 del Código Penal, perpetrado en contra de José Alfredo Vergara Salamanca y como autor del delito de homicidio simple, en grado de frustrado, descrito y sancionado en el artículo 391 Nº2 del Código Penal, perpetrado en contra de Víctor Hugo Vergara Salamanca, ambos cometidos el 28 de agosto de 2022, en la comuna de Los Ángeles. Asimismo, se le condenó a la pena de ochocientos diecisiete días de presidio menor en su grado medio y a la de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la pena de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de lesiones graves, en grado de consumado, previsto y sancionado en el artículo 397 Nº2 del Código Penal, perpetrado en contra de Miguel Ángel Vergara Salamanca el 28 de agosto de 2022, en la comuna de Los Ángeles; penas que se deberán cumplir de manera efectiva, en forma sucesiva, iniciando por la de mayor gravedad, en el recinto penal que determine Gendarmería de Chile, y se comenzará a contar, ejecutoriada que sea la sentencia, desde el día 13 de julio de 2023, fecha desde la cual se encuentra ininterrumpidamente privado de libertad en esta causa, por prisión preventiva, hasta que ingrese a dar cumplimiento efectivo de la condena. Segundo: Que en contra de dicho
Fallo
fallo se alzó la defensa del sentenciado interponiendo recurso de nulidad, el que fundó en la causal contenida en el artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal y, subsidiariamente en el motivo anulatorio previsto en el artículo 374 letra e) en relación con los artículos 342 letra c) y 297 de la misma codificación. Tercero: Que respecto al primer motivo anulatorio, cabe señalar que según dispone el artículo 376 del citado código, el conocimiento del recurso de nulidad que se fundare en la causal prevista en la letra a) del artículo 373, le corresponderá a la Corte Suprema, y remitidos los antecedentes al máximo Tribunal, por resolución de veintidós de julio pasado, la causa fue enviada a esta Corte de Apelaciones, por estimar que lo alegado por la defensa “podría corresponder a un cuestionamiento en sentido amplio a ciertas facultades y derechos que le asisten a la defensa, pero también podría ser propio de una denuncia a la valoración de la prueba, y en definitiva a la fundamentación de la sentencia, lo que es propio del motivo de invalidación del artículo 374 del Código Procesal Penal, en sus letras c) y e)”. Cuarto: Que aclarado lo anterior, cabe reiterar que el recurso de nulidad no constituye una instancia, de manera que esta Corte no puede ni debe revisar los hechos que conforman el conflicto jurídico de que se trata, siendo la apreciación y establecimiento de estos una facultad exclusiva y excluyente de los jueces que conocieron del respectivo juicio oral. Asimis
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C.A. de Concepción Concepción, cuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: Primero: Que el tres de junio de dos mil veinticuatro, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles dictó sentencia definitiva en causa RIT 17-2024, por la cual se condenó a José Armando Villamán Campos, a la pena de diecisiete años y seis meses de presidio mayor en su grado máximo, y a la de
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