SIN INFORMACION

URREA/ GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

4 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece Karen Saavedra Rojas, quien recurre de amparo a favor de su cónyuge Claudio José Urrea Contreras, contra Gendarmería de Chile, y solicita se le proporcione al amparado atención médica especializada, tratamientos y exámenes. Refiere que a su cónyuge se le ha negado atención médica, no obstante llevar meses tratando ser chequeado para establecer la causa de una excesiva pérdida de peso, dolores estomacales crónicos y problemas urinarios. Acompaña copia de las cédulas de identidad. A folio 4 evacua informe el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quien indica que el amparado fue evaluado el 27 de septiembre de 2024 en el Hospital Penitenciario por una enfermera, quien registra que el actor se encuentra lúcido, orientado en tiempo y espacio. Buenas condiciones generales. No refiere enfermedades crónicas, alergias ni antecedentes psiquiátricos. Examen físico de cabeza, tórax, abdomen y extremidades sin lesiones visibles. Atención clínica entregada: Se educa sobre sintomatología genitoutinaria. Indica que se fue citado a una hora médica el días lunes 30 de septiembre y a una batería completa de exámenes de sangre y orina para el día 2 de octubre. A folio 9 evacua informe la Dirección Regional de Gendarmería de Chile de la Región de Valparaíso, quien adiciona a lo ya señalado, que en el control del día lunes 30 de septiembre, al amparado se le diagnosticó trastorno de micción nocturna, micción permanente, dolor testicular, dolor flanco derecho. Expresa que Gendarmería de Chile ha obrado en todo momento en el ámbito de las atribuciones establecidas en su ley orgánica y en el Reglamento que regula los establecimientos penitenciarios del país. A folio 10 se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que por medio del presente recurso, la cónyuge del amparado, solicita se le proporcione al amparado atención médica especializada, tratamientos y exámenes. Segundo: Que según dispone el inciso 3° del artículo 6° del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios -aprobado por el Decreto N° 518 de 1998 del Ministerio de Justicia-, la Administración Penitenciaria velará por la vida, integridad y salud de los internos y permitirá el ejercicio de los derechos compatibles con su situación procesal. Tercero: Que en los informes emanados de Gendarmería de Chile se da cuenta que con fecha 27 de septiembre de 2024 se llevó a cabo un chequeo físico del amparado por parte de una enfermera del Hospital Penitenciario; que el día 30 de septiembre sostuvo una consulta con un médico de dicho hospital, quedando citado para una batería completa de exámenes de sangre y orina. Cuarto: Que, sin perjuicio de lo informado por Gendarmería respecto a las atenciones médicas brindadas al amparado en el hospital penitenciario, la naturaleza y gravedad de los síntomas que se mencionan requieren de un chequeo realizado por un médico especialista y efectuando los exámenes correspondientes para determinar con precisión la causa de las dolencias que se indican y de esta forma cumplir a cabalidad con el deber de resguardo que establece el inciso 3° del artículo 6° del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, por lo que el presente arbitrio será acogido en la forma que se dirá en lo resolutivo. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Claudio Urrea Contreras, y contra Gendarmería de Chile, quien deberá en el plazo de 48 horas gestionar una interconsulta con un médico especialista acorde a los síntomas que refiere el amparado, debiendo asimismo, informar a esta Corte en el mismo plazo señalado la fecha en que se llevará a cabo dicha atención. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1914-2024.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, cuatro de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 1 comparece Karen Saavedra Rojas, quien recurre de amparo a favor de su cónyuge Claudio José Urrea Contreras, contra Gendarmería de Chile, y solicita se le proporcione al amparado atención médica especializada, tratamientos y exámenes. Refiere que a su cónyuge se le ha negado atención médica, no obstant

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