CARRASCO HORMAZABAL, DELFIN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Rol
Fecha
3 de octubre de 2024
Materia
PESOS, COBRO SEGÚN ART.680 Nº7 CPC
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada dictada el tres de julio de dos mil veintitrés. Y, se tiene además presente: Primero: Que conforme la prueba rendida ante el tribunal a quo se ha acreditado por la demandada el pago del capital de la deuda que se cobra por esta vía. En efecto, lo anterior queda demostrado mediante la factura Nº 1196, emitida el 11 de enero de 2019, por un valor de $ 22.000.000.- cuyo monto aparece pagado el 16 de junio de 2022 y luego mediante la factura Nº 1202, el 19 de febrero de 2019, por el monto de $ 40.000.0000.- cuyo valor aparece pagado el 24 de mayo de 2022. Que la demanda de autos fue interpuesta el tres de enero de dos mil veintitrés como consta a folio 1 de la carpeta judicial digital de primera instancia. Segundo: Que a folio 16 de dicha carpeta digital ante el tribunal de primera instancia la demandada en su minuta de contestación, tras indicar que el capital de la deuda está pagado, se allana a los intereses, reajustes y costas que se pudieren devengar, bajo el siguiente tenor: “Por lo expuesto S.S., esta Municipalidad nada debe de la deuda capital en cobro, sin perjuicio de los intereses, reajustes y costas devengados y que S.S., determine corresponder en la oportunidad procesal pertinente. Por lo anterior, entendemos se ha satisfecho la obligación de pago del capital en forma íntegra, y tal como se dijo, restando entonces aquella que emane de los conceptos indicados en la oportunidad procesal pertinente”. Tercero: Que conforme lo expresado precedentemente y habiéndose allanado la demandada al pago de los reajustes -institución que pretende actualizar el valor del dinero- corresponde el pago por concepto de reajustes e intereses que se han devengado entre la emisión de la factura y su aceptación, hasta el pago efectivamente producido. Que en esta parte la demanda debió ser acogida. Que no se condena en costas a la demandada por no haber sido totalmente vencida. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en el artícul
Fallo
Por lo expuesto S.S., esta Municipalidad nada debe de la deuda capital en cobro, sin perjuicio de los intereses, reajustes y costas devengados y que S.S., determine corresponder en la oportunidad procesal pertinente. Por lo anterior, entendemos se ha satisfecho la obligación de pago del capital en forma íntegra, y tal como se dijo, restando entonces aquella que emane de los conceptos indicados en la oportunidad procesal pertinente”. Tercero: Que conforme lo expresado precedentemente y habiéndose allanado la demandada al pago de los reajustes -institución que pretende actualizar el valor del dinero- corresponde el pago por concepto de reajustes e intereses que se han devengado entre la emisión de la factura y su aceptación, hasta el pago efectivamente producido. Que en esta parte la demanda debió ser acogida. Que no se condena en costas a la demandada por no haber sido totalmente vencida. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se decide que: Se revoca la sentencia apelada solo en cuanto, se ordena el pago de los reajustes e intereses que se hubieren devengado entre la emisión de cada una de las facturas y su aceptación hasta el pago efectivamente producido, debiendo practicarse por la Secretaría del Tribunal a quo, la liquidación pertinente y se confirma, en todo lo demás la sentencia apelada dictada con fecha tres de julio de dos mil veintitrés por el Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Coquimbo. Que se c
Texto Completo (Preview)
Carrasco Hormazábal, Delfin Ilustre Municipalidad de Coquimbo Cobro de pesos Rol N°1170-2023 (Rol C-11-2023 del Primer Juzgado de Letras de Coquimbo).- La Serena, tres de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada dictada el tres de julio de dos mil veintitrés. Y, se tiene además presente: Primero: Que conforme la prueba rendida ante el tribunal a quo se ha acredi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica