PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./DELGADO
Rol
Fecha
3 de octubre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Compartiendo los
Fundamentos
fundamentos esgrimidos por el juez a quo, en cuanto las alegaciones vertidas por el ejecutado dicen relación con objeciones al mandato que origina el título, las cuales son materia de otra excepción no alegada en autos, máxime que en cuanto al fondo, además corresponde a materias que escapan a la competencia del juzgado civil, requiriendo un pronunciamiento previo para efectos de determinar la validez o no de las cláusulas del mandato, y conforme con lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia apelada de siete de febrero de dos mil veinticuatro, pronunciada en la causa RIT C-425-2023 del Primer Juzgado de Letras de Arica. Regístrese, notifíquese y comuníquese por la vía que corresponda. Rol N° 173-2024 Civil.
Texto Completo (Preview)
Arica, tres de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO: Compartiendo los fundamentos esgrimidos por el juez a quo, en cuanto las alegaciones vertidas por el ejecutado dicen relación con objeciones al mandato que origina el título, las cuales son materia de otra excepción no alegada en autos, máxime que en cuanto al fondo, además corresponde a materias que escapan a la competencia del juzgado civil
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