VELÁSQUEZ CON MORALES
Rol
Fecha
3 de octubre de 2024
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su motivo cuarto que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1.- Que, la tercerista alegó encontrarse en posesión única y exclusiva de los bienes embargados, ofreciendo para acreditar sus dichos únicamente con una copia simple del contrato de arrendamiento suscrito por aquélla, el 17 de diciembre del año 2017, respecto del inmueble en que se verificó el embargo, ubicado en calle Estrella Azul Actual N°2280, Bosques de Santa Clara, comuna de Rancagua. 2.- Que, sin embargo, el referido contrato resulta insuficiente para acreditar que los bienes embargados sean de su posesión exclusiva, por cuanto tal documento sólo da cuenta de su celebración en el año 2017, mas no que ella residiera en el inmueble a la época del embargo, efectuado el 26 de febrero del año 2020, menos aún si consta en la causa que la demanda se notificó personalmente a la demandada en dicho domicilio, configurándose con ello la presunción de veracidad del artículo 427 del Código de Procedimiento Civil. Por estas consideraciones y de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de fecha cuatro de agosto de dos mil veintitrés, dictada a folio 23 del cuaderno de tercería, en causa ROL C-28.844-2017, por el Primer Juzgado Civil de Rancagua, que acogió la tercería de posesión deducida por Susana Ahumada Morales, con fecha 25 de agosto del año 2020 y en su lugar, se rechaza dicha tercería, dejándose sin efecto el alzamiento del embargo efectuado con fecha 26 de febrero de 2020. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 1534-2023.Civil.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de fecha cuatro de agosto de dos mil veintitrés, dictada a folio 23 del cuaderno de tercería, en causa ROL C-28.844-2017, por el Primer Juzgado Civil de Rancagua, que acogió la tercería de posesión deducida por Susana Ahumada Morales, con fecha 25 de agosto del año 2020 y en su lugar, se rechaza dicha tercería, dejándose sin efecto el alzamiento del embargo efectuado con fecha 26 de febrero de 2020. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 1534-2023.Civil.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, tres de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su motivo cuarto que se elimina. Y se tiene en su lugar y, además, presente: 1.- Que, la tercerista alegó encontrarse en posesión única y exclusiva de los bienes embargados, ofreciendo para acreditar sus dichos únicamente con una copia simple del contrato de arrendami
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