ANONIMIZADO
Rol
Fecha
3 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos duodécimo, décimo tercero y décimo cuarto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: PRIMERO: Que, para resolver la pretensión contenida en la demanda reconvencional de aumento de los alimentos, ha de tenerse presente lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 14.008, que prescribe: “El tribunal no podrá fijar como monto de la pensión una suma que exceda del cincuenta por ciento de las rentas del alimentante, salvo que existan razones fundadas para fijarlo sobre este límite, teniendo especialmente en cuenta el interés superior del niño, niña o ...
Texto Completo (Preview)
Concepción, tres de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos duodécimo, décimo tercero y décimo cuarto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y, además, presente: PRIMERO: Que, para resolver la pretensión contenida en la demanda reconvencional de aumento de los alimentos, ha de tenerse presente lo dispuesto en el artículo 7 de
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