JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

FARMACIAS CRUZ VERDE S.P.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

3 de octubre de 2024

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En estos autos sobre reclamación de multa, RIT I-250-2023; Rol Corte N° 269-2024, caratulados “FARMACIAS CRUZ VERDE S.P.A. con INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE VIÑA DEL MAR”, seguidos ante el Juzgado del Trabajo de Valparaíso, don Mario Navarrete Bermúdez, abogado en representación de la reclamada, dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada por la señora Jueza Destinada doña Marlene Moya Díaz, con fecha con fecha tres de abril de dos mil veinticuatro, que acogió la reclamación interpuesta en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar y se deja sin efecto la multa cursada. Invoca como causal de nulidad la del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es la infracción de ley que ha influido de manera sustancial en la dictación del fallo. Pide se acoja el presente Recurso de Nulidad, se invalide la sentencia recurrida y se dicte la respectiva sentencia de reemplazo que rechace en todas sus partes el reclamo judicial interpuesto por Farmacias Cruz Verde S.P.A. Declarado admisible el recurso por resolución de la Sala Tramitadora, se fijó la audiencia para la vista de la causa, llevándose a efecto la misma el día primero del mes en curso, escuchándose alegato de la abogada doña Susana García Bravo, determinándose que tanto la dictación del fallo como su lectura se verificarán dentro del término legal. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente, Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar, funda su recurso de nulidad citando como antecedente que se ha cursado a la empresa Farmacias Cruz Verde S.P.A., multa administrativa N° 1845/2023/64-1, por no contener las liquidaciones de remuneraciones un anexo con los montos de cada comisión, bono, premio u otro incentivo, junto al detalle de cada operación que le dio origen y la forma empleada para su cálculo, según el detalle que señala respecto de los trabajadores que indica, configurándose una infracción al artículo 54 bis inciso tercero del Código del Trabajo. Indica que el 8 de junio de 2023 se recepcionó denuncia en la oficina de atención de público de la Inspección del Trabajo de Viña del Mar, en la que se consignó, entre otras, lo siguiente: “...Existiría inconsistencia en el pago de remuneraciones debido a ítems no pagados...”. Dicha denuncia se ingresó, en lo relevante, por el concepto de “Remuneraciones: pagar remuneración parcial o incorrectamente” bajo el folio 0506/2023/1197. Durante la visita de fiscalización del 4 de septiembre del 2023 al establecimiento señalado en la denuncia, se levanta formulario de requerimiento de documentación y citación, a fin de que el empleador exhibiera entre otros documentos, el comprobante de pago de remuneraciones, por determinado periodo. En la fecha de la citación previamente señalada el apoderado de la empresa don Joan Ríos Ordenes, exhibió parcialmente la documentación requerida, pues los comprobantes de pago de remuneraciones no estaban acompañados de los anexos con las operaciones de remuneración variable, conforme regula el artículo 54 bis del Código del Trabajo, por lo que se procedió a dictar la resolución de multa. En contra de la resolución de multa administrativa la empresa interpuso reclamación judicial, la que fue acogida por la sentencia recurrida. SEGUNDO: Que habiéndose invocado como causal del recurso la establecida en el artículo 477 del Código del Trabajo, cabe señalar que al respecto la jurisprudencia ha determinado, reiteradamente, que ella se configura cuando la ley que se dice infringida se ha aplicado a casos no regulados por la misma; cuando no se ha aplicado a los casos específicamente regulados por esta o; cuando habiéndose aplicado, no lo ha sido en forma correcta, existiendo conformidad en cuanto a los hechos establecidos en la causa. Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el mencionado artículo 477, reafirmado en el inciso 3 del artículo 482, también del Código del Trabajo, es indispensable que la infracción tenga influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, es decir, que sea ésta y no otra consideración, la que lleve a resolver en el sentido que lo hizo el sentenciador. Esto fija la competencia de la Corte para dilucidar la cuestión que se somete a su conocimiento. TERCERO: Que como se indicó, el recurso se basa en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es la infracción de ley que ha influido de

Fallo

fallo como su lectura se verificarán dentro del término legal. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente, Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar, funda su recurso de nulidad citando como antecedente que se ha cursado a la empresa Farmacias Cruz Verde S.P.A., multa administrativa N° 1845/2023/64-1, por no contener las liquidaciones de remuneraciones un anexo con los montos de cada comisión, bono, premio u otro incentivo, junto al detalle de cada operación que le dio origen y la forma empleada para su cálculo, según el detalle que señala respecto de los trabajadores que indica, configurándose una infracción al artículo 54 bis inciso tercero del Código del Trabajo. Indica que el 8 de junio de 2023 se recepcionó denuncia en la oficina de atención de público de la Inspección del Trabajo de Viña del Mar, en la que se consignó, entre otras, lo siguiente: “...Existiría inconsistencia en el pago de remuneraciones debido a ítems no pagados...”. Dicha denuncia se ingresó, en lo relevante, por el concepto de “Remuneraciones: pagar remuneración parcial o incorrectamente” bajo el folio 0506/2023/1197. Durante la visita de fiscalización del 4 de septiembre del 2023 al establecimiento señalado en la denuncia, se levanta formulario de requerimiento de documentación y citación, a fin de que el empleador exhibiera entre otros documentos, el comprobante de pago de remuneraciones, por determinado periodo. En la fecha de la citación previamente señalada el apoderado d

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Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: En estos autos sobre reclamación de multa, RIT I-250-2023; Rol Corte N° 269-2024, caratulados “FARMACIAS CRUZ VERDE S.P.A. con INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE VIÑA DEL MAR”, seguidos ante el Juzgado del Trabajo de Valparaíso, don Mario Navarrete Bermúdez, abogado en representación de la reclamada, dedujo recurso

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