SIN INFORMACION

BRADFORD HILL SPA/ROJAS GARCIA CARLOS - (LTE)

Rol

Fecha

3 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Herrera Arriagada, abogado, en representación de Carlos Rojas García y de Bradford, en causa seguida ante el C-9763-2023, seguida ante el 9° Juzgado Civil de Santiago, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 17 de mayo del presente año, por la cual se rechazó el recurso de reposición y se denegó el recurso de apelación subsidiario, interpuesto, a su vez, en contra de la resolución de fecha 2 de mayo del año 2024, que proveyó las presentaciones del demandante, teniendo por acompañado los documentos ofrecidos y ordenó la exhibición, como también ordenó la remisión de oficios y acogió la designación de perito. Indica que la resolución que recibe la causa a prueba se dictó con fecha 20 de octubre del año 2023. Luego, señala que su representada fue notificada con fecha 1 de abril del año 2024 y finalmente la contraria se dio por notificada con fecha 3 de abril del año 2024 mediante recurso de reposición. Lo anterior, además, fue corroborado por resolución de fecha 5 de abril del año 2024, en la cual se le tuvo por notificada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 del Código de Procedimiento Civil. Sin embargo, señala que la resolución de fecha 2 de mayo, proveyó todas las presentaciones de la contraria de fecha 29 de abril del año 2024, sea teniendo por acompañados los documentos ofrecidos u ordenando su exhibición, como también ordenando los oficios solicitados y acogiendo la designación de un perito médico fijando audiencia al efecto, sin atender que el plazo del término probatorio se encontraba vencido. Conforme lo anterior, interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio, haciendo presente la circunstancia de que se proveyó prueba que había sido solicitada u ofrecida fuera del término probatorio, sin embargo, la juez del tribunal a quo resolvió rechazar la reposición y denegar la apelación fundando su negativa en lo dispuesto en el artículo 326 inciso final del

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad a las normas citadas, se rechaza el recurso de hecho deducido por el abogado Pablo Herrera Arriagada en contra de la resolución diecisiete de mayo del año en curso dictada en la causa C-9763-2023 seguida ante el 9° Juzgado Civil de Santiago, que declara inadmisible la apelación deducida por esa parte contra la resolución de dos de mayo del año en curso que dispone diligencias probatorias. Comuníquese y Archívese. N°Civil-8238-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de octubre de dos mil veinticuatro. Al folio 14; a todo, téngase presente. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Pablo Herrera Arriagada, abogado, en representación de Carlos Rojas García y de Bradford, en causa seguida ante el C-9763-2023, seguida ante el 9° Juzgado Civil de Santiago, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de fecha

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