SIN INFORMACION

SEPULVEDA CARO ROSA ELENA / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

3 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 26 de junio de 2024, doña Rosa Eliana Sepúlveda Caro, mediante formulario manuscrito, interpuso recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), y de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) por acto que estima ilegal y arbitrario consistente en el rechazo de las licencias médicas N°s900034832-0, 91323463-6, 92683605-6 y 94471152-k, extendidas por un total de 120 días a contar del 12 de agosto de 2023, por reposo no justificado, actuación que vulnera de los derechos fundamentales a la vida e integridad física y psíquica de la recurrente. Hace presente que su diagnóstico es condromalacia de rodilla derecha, grado IV y degeneración mixoide meniscal. Solicita que se acoja el presente recurso, ordenando a la recurrida dejar sin efecto la resolución que rechaza las licencias médicas y ordenar su pago. Acompaña a su recurso la Resolución Exenta R-01-UME-92407-2024 e informes emitido por el Dr. Miguel Balmaceda en los meses de enero y diciembre de 2023. SEGUNDO: Que, en cumplimiento de lo ordenado por esta Corte, la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana (COMPIN R.M.), representada por don Rodrigo Alejandro Quijada Nova, en su calidad de mandatario judicial de la Secretaría Regional Ministerial de Salud Región Metropolitana, ha evacuado el informe requerido, solicitando el rechazo la presente acción constitucional. Sostiene que las actuaciones realizadas por la COMPIN R.M. se enmarcan dentro de los parámetros objetivos dispuestos por la ley y las normativas vigentes, buscando asegurar que el uso de las licencias médicas cumpla efectivamente su finalidad terapéutica y de carácter transitorio, mientras el trabajador recupera su salud para reintegrarse a sus funciones laborales. Expone la recurrida que, analizada la base del sistema Maestro Licencias Médicas Fonasa, se desprende que las licencias médicas N°s 90034832-0, 91323963-6, 9268360

Fundamentos

fundamentos tenidos a la vista para adoptar la medida. En virtud de los antecedentes expuestos y los fundamentos de hecho y de derecho esgrimidos, la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de la Región Metropolitana solicita el rechazo del recurso de protección interpuesto por doña Rosa Elena Sepúlveda Caro, por cuanto su actuar se ha ajustado a la normativa vigente y a las facultades que le han sido conferidas por ley, no existiendo acto arbitrario o ilegal que haya vulnerado las garantías constitucionales invocadas por la recurrente. Acompaña como medio de prueba el Listado Maestro de Licencias Médicas Fonasa de la parte recurrente del período 2023. TERCERO: Que, evacuando informe, la recurrida Superintendencia de Seguridad Social solicita el rechazo de la acción por los siguiente motivos: Primero, solicita que se declare la improcedencia de la acción de protección interpuesta, argumentando que la materia sobre la que versa se relaciona con un derecho perteneciente al sistema de seguridad social, establecido en el numeral 18 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, el cual no está amparado por esta acción cautelar. Sostiene que la autorización, rechazo o modificación de una licencia médica, así como las reconsideraciones y apelaciones que se deduzcan respecto de las resoluciones de los organismos administradores de este derecho, son materias que pertenecen al campo de la Seguridad Social y, por lo tanto, se encuentran expresamente excluidas por el constituyente del ámbito de la acción de protección. En subsidio, la recurrida informa sobre el fondo del asunto, solicitando el rechazo de la acción de protección. En este sentido, expone que la Sra. Sepúlveda reclamó ante dicha entidad fiscalizadora, mediante presentación de fecha 16 de febrero de 2024, apelando en contra de resolución de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) Región Metropolitana, que rechazó las licencias médicas N°s 90034832-0, 91323963-6, 92683605-6 y 94471152-K, extendidas por un total de 120 días, a contar del 12 de agosto de 2023, por reposo no justificado. La Superintendencia, previo estudio de los antecedentes, concluyó que el reposo prescrito por las licencias médicas reclamadas no se encontraba justificado. Esta conclusión se fundamenta en que, analizados los antecedentes adjuntos, se presenta un informe médico que no fundamenta de forma adecuada la extensión del reposo ya autorizado, considerado suficiente para la resolución del cuadro y reintegro laboral. No se indican las limitaciones que produce la patología reclamada, ni evolución de las lesiones. Sumado a lo anterior, no acredita adecuadamente procedimientos pendientes durante la vigencia de las licencias reclamadas, no fundamentando rol terapéutico del reposo prescrito. En este contexto, la Contraloría Médica de la COMPIN, en justificación del rechazo de la licencia ante ese organismo, registró en la cartola médica del paciente que el informe médico del especialista er

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto en estos autos por doña Rosa Elena Sepúlveda Caro, solo en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta N°R-01-UME-92407-2024, de 12 de junio de 2024, dictada por la Superintendencia de Seguridad Social, debiendo dicha entidad disponer que la COMPIN del domicilio del recurrente encargue una nueva evaluación médica de éste, con el objeto de determinar su condición de salud; hecho lo anterior la recurrida se pronunciará nuevamente sobre las licencias médicas rechazadas y que han sido objeto de esta acción, Nºs 900034832-0, 91323463-6, 92683605-6 y 94471152-k. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N°Protección-16374-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 26 de junio de 2024, doña Rosa Eliana Sepúlveda Caro, mediante formulario manuscrito, interpuso recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), y de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) por acto que estima ilegal y arbitrari

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