SIN INFORMACION

ÁVALOS/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES

Rol

Fecha

3 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de don Jorge Correa Fuentes, abogado, en representación de don Rodys Enrique Ávalos Castillo, cédula nacional de identidad N° 13.632.536-1, quien deduce recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar los Andes, RUT N° 81.826.800-9, representada legalmente por don Nelson Rojas Mena, por el acto arbitrario e ilegal consistente en descontar parte de su remuneración, sin causa legal justificada, infringiendo con ello las garantías constitucionales señaladas en el artículo 19 N° 3 y N° 24 de la Carta Fundamental, solicitando a esta Corte de Apelaciones adoptar las medidas necesarias para el restablecimiento del imperio del derecho, ordenando el reintegro y devolución de todas y cada una de las sumas descontadas de las remuneraciones del recurrente, con los intereses que legalmente correspondan y debidamente reajustadas hasta el momento de dicha devolución; abstenerse de realizar u ordenar que se realicen por terceros, especialmente por “Wellfield Services Limitada” o por cualquier otro empleador que tenga o tuviere en el futuro el recurrente, o por cualquier otro organismo público o privado, descuentos futuros; con expresa condenación en costas. Informó doña Inés Riquelme Arao, Abogada, en representación de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, solicitando el rechazo de la acción deducida. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda el recurrente su acción, señalando que con fecha 25 de octubre de 2017, el actor firmó pagaré por el monto total de $4.010.029, siendo beneficiaria de este la recurrida, sin embargo, ante una notoria insolvencia y encontrándose sin empleo, dejó de cumplir con su obligación de pago con fecha 31 de diciembre de 2017. Añade que la recurrida, con fecha 3 de junio de 2021, interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagaré ante el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, causas Rol C-105- 2021, demanda que a la fecha se encuentra con oposición a la ejecución, alegándose por la parte actora excepción de prescripción. En ese sentido, estima que la recurrida nunca debió ni debe seguir descontando extrajudicialmente de manera arbitraria e ilegal su crédito, toda vez que ha exigido su cobro en sede judicial, no siendo procedente por consiguiente accionar o perseguir el cobro y cumplimiento de lo adeudado en ambas sedes. Con motivo de lo anterior, señala que se han vulnerado los derechos del recurrente, pues se efectuaron descuentos de sus remuneraciones sin aviso ni notificación previa, habiendo ya ejercido acción oportuna tendiente a efectuar el cobro, privándola de su derecho de defensa y propiedad sobre parte de su retribución económica obtenida con motivo de su actividad laboral que desempeña. Agrega que, dichos descuentos ilegales, se han materializado desde el mes de julio del año 2024 hasta la fecha, de manera que la cifra total descontada al día de interposición de este recurso alcanza la suma de $207.626. Destaca que previamente dedujo recurso de protección ante esta Corte bajo el Rol 1630-2024, en los cuales la recurrida resultó condenada, pero que sin perjuicio de ello, continuó realizando descuentos arbitrarios e ilegales, sin hacer tampoco devolución de los fondos ya descontados desde la remuneración del recurrente. De acuerdo con lo señalado, afirma que existe un ejercicio abusivo por parte de la recurrida de la facultad establecida en la ley de cajas de compensación, adoleciendo de falta de razonabilidad y verosimilitud, por lo que la decisión adoptada no puede sino ser declarada como arbitraria y, por lo tanto, no la habilita para ejercer la facultad excepcional establecida en la ley de cajas de compensación. SEGUNDO: Que informó doña Inés Riquelme Arao, abogada, en representación de la recurrida Caja de Compensación y Asignación Familiar Los Antes, solicitando rechazar la presente acción. Sostiene que con fecha 25 de octubre de 2017 otorgó al recurrente el crédito Código N° 149CON100448014, por la suma de $4.010.029.-, a una tasa de 2.05%, pagadero en un plazo de 60 meses, con una cuota de $122.521.-, cuyo primer vencimiento fue el 31 de diciembre de 2017. De las cuotas 1 a la 27 se pagaron regularmente. Luego la cuota 28 con vencimiento en el mes de marzo de 2020 se pagó el 10 de septiembre de 2020 y, la cuota del mes de abril de 2020 al mes de abril de 2022, esto es, de la 29 a la 53, se pagaron duran

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia; SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección deducido por don Jorge Correa Fuentes, abogado, en representación de don Rodys Enrique Ávalos Castillo, en contra de la Caja de Compensación y Asignación Familiar Los Andes, sólo en cuanto la recurrida se abstendrá de practicar el cobro del crédito social vía descuento de remuneraciones, respecto de la operación crédito código N°149CON100448014, de fecha 25 de octubre de 2017, debiendo reembolsar el monto indebidamente descontado de la liquidación de sueldo del actor desde el mes de julio del presente año. Regístrese y comuníquese. Rol 1942-2024 (PROT) 8

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a tres de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: La comparecencia de don Jorge Correa Fuentes, abogado, en representación de don Rodys Enrique Ávalos Castillo, cédula nacional de identidad N° 13.632.536-1, quien deduce recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar los Andes, RUT N° 81.826.800-9, representada legalmente por don Nelson Rojas Mena,

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