SIN INFORMACION

CROMILAKIS / CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES

Rol

Fecha

3 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece Patricio Cromilakis Roa, trabajador dependiente, quien interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por el acto ilegal y arbitrario consistente en el cobro de una deuda por medio de descuentos en su remuneración (por planilla), pese a existir un proceso judicial pendiente, lo que estima vulneratorio de su derecho de propiedad. Explica que, en abril de 2022, suscribió un pagaré por la suma de $4.279.597, en beneficio de la Caja recurrida, el que fue pactado en cuotas sucesivas e iguales, con cláusula de aceleración, además de pactarse la facultad para descontar del pago de sus emolumentos mensuales o de los subsidios de cesantía, los dividendos correspondientes al referido crédito. Señala que por problemas económicos y por haber perdido su trabajo, cayó en mora en el pago del crédito a contar de la cuota N°5, con vencimiento en el mes de octubre de 2022, siendo demandado en el mes de agosto del año 2023 ante el 3° Juzgado Civil de Viña del Mar, Rol C-3635-2023, causa en la que opuso excepciones y que se encuentra actualmente en tramitación. Explica que, en el mes de junio del presente año, obtuvo un trabajo en una empresa de transportes y combustible. Relata que, al recibir su sueldo correspondiente al mes de agosto de 2024, verificó que en la liquidación figura un descuento por $209.447, efectuado por la Caja de Compensación recurrida, sin ser notificado por ningún medio de la decisión unilateral de parte de ésta, y pese a que ya se había optado por la judialización del cobro, lo que sostiene constituir un abuso del derecho que le asistía a la recurrida. Solicita que se acoja la presente acción y se ordene a la recurrida abstenerse de realizar descuentos de sus remuneraciones, y ordenar el reintegro y devolución de todas y cada una de las sumas descontadas, con expresa condena en costas. Acompaña liquidaciones de sueldo de los meses de agosto y septiembre de 2024, y cuader

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, los hechos que motivan la acción sometida a conocimiento de esta Corte guardan relación con los descuentos que la Caja de Compensación recurrida comenzó a realizar a la remuneración del recurrente a contar de agosto del presente año, pese a existir un juicio iniciado anteriormente y que actualmente se encuentra en tramitación ante el 3° Juzgado Civil de Viña del Mar, que pretende obtener el cobro del mismo crédito, lo que el recurrente estima como un acto ilegal y arbitrario de parte de la Caja de Compensación Los Andes. Segundo: Que, no es un hecho discutido en estos autos, que la recurrida otorgó un crédito al actor en el mes de abril de 2022, por la suma de $4.279.597, el que debía ser pagado en 36 cuotas, con primer vencimiento para el 30 de junio de 2022, y que el actor solo pagó las cuatro primeras cuotas dentro de plazo, encontrándose sometido a cobro la deuda de las posteriores, desde el mes de agosto del año 2023, ante el 3° Juzgado Civil de Viña del Mar, en causa Rol C-3635-2023, y que actualmente está en tramitación. Tercero: Que, tampoco existe discusión en que la recurrida inició el descuento del crédito de las remuneraciones del actor, en el mes de agosto de 2024 por la suma de $209.447, hecho que también consta en la liquidación de remuneraciones acompañada junto al recurso, y sin perjuicio del descuento efectuado en la de septiembre del presente año. Cuarto: Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 18.833, resulta indiscutible que la Caja acreedora pueda pagarse a través del descuento que el empleador del deudor afiliado efectúe en su remuneración. Sin perjuicio de lo anterior, lo cierto es que en el evento de que se haya optado por la vía judicial, solicitando el cobro de todo el monto del crédito, en ejercicio de la facultad de acelerarlo, evidentemente el descuento no puede seguir teniendo lugar, pues además de constituir un doble cobro, podría ocasionar un doble pago, debiendo el deudor abstenerse del ejercicio de tal facultad y seguir con la acción judicial que ha intentado. Quinto: Que, por último, al obrar de la manera indicada, la parte recurrida privó al actor de su derecho de propiedad sobre parte de la remuneración obtenida con motivo de su actividad laboral, derecho que se encuentra amparado en el numeral 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, motivos por los cuales se acogerá la acción, tal como se dirá en lo sucesivo.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido por Patricio Cromilakis Roa, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, debiendo la entidad recurrida adoptar las medidas necesarias para poner término el descuento del crédito de la remuneración de la recurrente y para restituirle todas aquellas cuotas ya descontadas desde el mes de agosto de 2024. Lo anterior, dentro del plazo de diez días desde que esta sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-5770-2024. No sujeta a anonimización. En Valparaíso, tres de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. Valparaíso Valparaíso, tres de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece Patricio Cromilakis Roa, trabajador dependiente, quien interpone recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar de Los Andes, por el acto ilegal y arbitrario consistente en el cobro de una deuda por medio de descuentos en su remuneración (por planilla), pese a exis

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