SIN INFORMACION

CARVAJAL/DECIMO SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (A LA VISTA I.C. N°12270-2024)

Rol

Fecha

3 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Sandra Andrea Navarro Quinteros, en representación de Pablo Ignacio Carvajal Faundez, Álvaro Matías Carvajal Faundez e Hilda Rosana Faundez Loyola, demandados en autos seguidos ante el 12º Juzgado Civil de Santiago, sobre demanda ordinaria de cobro de pesos, Rol C-4869-2021, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 15 de julio de 2024, que concedió la apelación que dedujo su contraparte en contra de la resolución de fecha 15 de mayo de 2024 que acogió el incidente de abandono del procedimiento, por estimar que dicha apelación, interpuesta en forma subsidiaria al recurso de reposición, es improcedente. El recurrente expone que, con fecha 15 de mayo de 2024, el tribunal a quo acogió el incidente de abandono del procedimiento interpuesto por su parte. Frente a esta resolución, la parte ejecutante interpuso, con fecha 17 de mayo del mismo año, recurso de reposición y en subsidio apelación. No obstante, el recurrente sostiene que la forma de interposición de la referida apelación es errónea, toda vez que la resolución recurrida constituye una sentencia interlocutoria de primer grado que resuelve un incidente. En este contexto, argumenta que, conforme al artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, dicha resolución debe ser objeto de apelación directa y no de reposición con apelación subsidiaria, procedimiento que solo es aplicable en casos taxativamente señalados por la ley, no siendo el presente uno de ellos. Refuerza su argumento citando la propia resolución del tribunal de fecha 15 de julio de 2024, que rechazó el recurso de reposición por improcedente, pero erróneamente concedió la apelación subsidiaria. Solicita que se acoja el recurso de hecho interpuesto y, en consecuencia, se modifique la resolución impugnada en el sentido de no dar lugar a la tramitación del recurso de apelación interpuesto por la contraria. SEGUNDO: Que revisado en el sistema el Ingreso Corte Nº 12.2

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 158 y 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se decide que: Se rechaza el recurso de hecho interpuesto en contra de la resolución de quince de julio de dos mil veinticuatro, que concedió el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante con fecha diecisiete de mayo pasado, en causa Rol C-4869-2021, por el 12° Juzgado Civil de Santiago. Déjese copia de la presente sentencia en la causa Ingreso Corte N° 12270-2024 (Civil). Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Civil-12724-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Sandra Andrea Navarro Quinteros, en representación de Pablo Ignacio Carvajal Faundez, Álvaro Matías Carvajal Faundez e Hilda Rosana Faundez Loyola, demandados en autos seguidos ante el 12º Juzgado Civil de Santiago, sobre demanda ordinaria de cobro de pesos, Rol C-4869-

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