BRIONES/MALATRASSI
Rol
Fecha
3 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece ELIZABETH BRIONES SANDOVAL, interponiendo recurso de protección en contra del Director de Obras de la Municipalidad DE LAMPA, JOSÉ MALATRASSI SEPULVEDA, por su negativa de otorgar Certificados de Número y de Afectación a Utilidad Pública, respecto de un inmueble de su propiedad, ubicado en los Aromos N°128, Parcela 40, del condominio o Parcelación Los Cántaros, localidad de Batuco, comuna de Lampa, lo que considera arbitrario, ilegal y contrario a sus derechos fundamentales establecidos en el artículo 19 N°2 y 24 de la Constitución Política de la Republica. Indica que, solicitó dichos certificados el 29 de febrero de 2024, con el fin de perfeccionar una compraventa sobre dicho inmueble, a lo que el recurrido se habría negado por encontrarse un trámite pendiente en la Seremi Minvu Metropolitano, en cuanto a la determinación de los límites urbanos del sector, informando que una vez se obtenga dicho pronunciamiento, se emitirán los certificados. Alega que la respuesta del recurrido no tiene ningún sustento legal, y priva y perturba sus derechos constitucionales invocados. Pide que se ordene al recurrido que elabore el certificado de afectación a utilidad pública y certificado del número correspondiente al inmueble ya individualizado. Segundo: Que JOSE ALBERTO MALATRASSI SEPULVEDA evacuó informe pidiendo el rechazo del recurso. Indica que la respuesta otorgada a la recurrente tiene sustento legal en el artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en cuanto a que es facultad del Ministerio de Vivienda y Urbanismo interpretar las disposiciones de los instrumentos de planificación territorial. Agrega que el recurso de protección no es la vía para conocer del presente asunto por existir el recurso de reclamo de ilegalidad municipal del artículo 151 de la Ley Orgánica de Municipalidades, y la reclamación efectuada ante la Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, dispuesta en el artículo 12° de la Ley General de Urbanismo y construcciones. No obstante lo anterior, adjunta los certificados solicitados. Tercero: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción cautelar o de emergencia, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enuncian, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Luego, es requisito indispensable de la acción de protección la existencia, por un lado, de un acto u omisión ilegal -esto es, contrario a la ley- o arbitrario -producto del mero capricho o voluntad de quien incurre en el- y que provoque algunas de las situaciones que se han indicado. Cuarto: Que, el hecho que motiva la presente acción constitucional es la negativa del recurrido a otorgar Certificados
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se decide que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por ELIZABETH BRIONES SANDOVAL y en contra de del Director de Obras de la Municipalidad DE LAMPA, JOSÉ MALATRASSI SEPULVEDA. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-9281-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que comparece ELIZABETH BRIONES SANDOVAL, interponiendo recurso de protección en contra del Director de Obras de la Municipalidad DE LAMPA, JOSÉ MALATRASSI SEPULVEDA, por su negativa de otorgar Certificados de Número y de Afectación a Utilidad Pública, respecto de un inmueble de su propiedad, ubica
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica