ANDRÉS ENRIQUE LOBOS PÁEZ Y OTRO / CUERPO DE BOMBEROS QUILLOTA
Rol
Fecha
3 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparecen Hernán Alberto Álvarez Silva y Yoseline Carolina Hernández Rubio, abogados, quienes vienen en interponer recurso de protección en favor de Joel Eduardo Gaete Oyarce y Andrés Enrique Lobos Paez en contra del Cuerpo de Bomberos de Quillota, por el acto que estiman arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución de fecha 3 de julio de 2024, y notificada el 11 de julio del presente año, que ratificó la medida disciplinaria de expulsión, adoptada por el Tribunal de Apelaciones, estimando conculcadas las garantías constitucionales contempladas en los numerales 1,2, 3 inciso 5, 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando se acoja el recurso y se ordene al recurrido reintegrar a los recurrente en sus funciones, con costas. Indican que, Joel pertenece al cuerpo de bombero de Quillota desde el año 2004, desempeñando diversos cargos, entre ellos Director de la Primera Compañía de Cuerpo de Bomberos desde 2012 a 2022 y, siendo el último, como Secretario General del Cuerpo de Bomberos, desde enero hasta septiembre de 2023. Por su parte, Andrés, ingresó en el año 2015, ejerciendo el cargo de Directivo Tesorero de la Primera Compañía de Bomberos de Quillota entre el año 2019 y 2020. Agregar que, ambos cumplieron siempre con sus obligaciones y sin ningún reparo por quienes deben visar las rendiciones de cuentas efectuadas, tales como el Superintendente y la Tesorería General de Bomberos, Secretaria General y Regional, entre otros, siendo todos los gastos aprobados y respaldados. Refieren que, en el año 2023 producto de acusaciones de desorden administrativo, se creó una comisión investigadora, a la cual nunca fueron citados a declarar, ni se les permitió acompañar documentos o rendir prueba, ni tener accede a la carpeta de investigación para saber cuáles eran los cargos imputados, afectando su derecho a un proceso racional y justo. Señalan que, el informe de la comisión, concluyó la existencia de un su
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Joel Eduardo Gaete Oyarce y Andrés Enrique Lobos Páez en contra del Cuerpo de Bomberos de Quillota. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-5425-2024.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, tres de octubre de dos mil veinticuatro Visto: A folio 1, comparecen Hernán Alberto Álvarez Silva y Yoseline Carolina Hernández Rubio, abogados, quienes vienen en interponer recurso de protección en favor de Joel Eduardo Gaete Oyarce y Andrés Enrique Lobos Paez en contra del Cuerpo de Bomberos de Quillota, por el acto que estiman arbitrario e ilegal consistente
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