YANET HERMOSILLA CIFUENTES C/ COLEGIO BICENTENARIO HELVECIA
Rol
Fecha
3 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece doña Yanet Hermosilla Cifuentes, domiciliada en Francisco de Aguirre N° 132, Los Conquistadores, Valdivia, en favor de su nieta de iniciales A.V., quien interpone recurso de protección en contra del Colegio Bicentenario Helvecia, domiciliado en Rene Schneider N° 3380, Valdivia. Funda su recurso en desde inicio del presente año la profesora jefe del quinto año básico ha otorgado un trato discriminatorio a su nieta, además de humillarla, ignorarla e incitar a los estudiantes a burlarse de ella. Agrega que por los hechos expuestos su nieta no quiere asistir al colegio. Sostiene que en el mes de junio pasado, se realizó una reunión de apoderados y se acercó a conversar con la aludida profesora por el problema que tenía su nieta con otra niña, sin obtener resultados, por lo que realizó una presentación ante la Superintendencia de Educación por los problemas de convivencia entre la profesora y los alumnos. Agrega que se entrevistó con la encargada de convivencia del colegio, lo que dio origen a un acuerdo con la profesora y el director que no se respetó. Solicita como apoderada que se tomen los resguardos necesarios para la seguridad de su nieta, ya que actualmente existen agresiones físicas de los demás compañeros, sin que se activen los protocolos de convivencia escolar, por lo que estima debería cambiarse el equipo encargado de tal aspecto. Informando el recurso, don Mario Santibáñez Caro, Director del Colegio Bicentenario Helvecia expone que el 13 de junio de 2024 la encargada de convivencia escolar sostuvo una entrevista con la actora por no contar con el beneficio de movilización y, además, hace mención a su percepción negativa de la profesora jefe, por lo que se organizó una reunión para el día 23 de julio de 2024, sin que la recurrente asistiera. Señala que el 30 de julio se sostuvo una reunión con la apoderada, el director, la profesora jefe y la encargada de convivencia escolar con el objeto de abordar las observaciones de la recurrente, o
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, los actos cuya ilegalidad y arbitrariedad se reprochan por esta vía consisten en que la profesora jefe de su nieta otorga un trato discriminatorio y, frente a las denuncias realizadas, el colegio no ha adoptado medidas idóneas al efecto. SEGUNDO: Que, según se desprende de los documentos acompañados a los autos, el Colegio Bicentenario Helvecia ha desplegado diversas medidas destinadas a hacer frente a la situación educacional de la nieta de la recurrente, que incluyen reuniones con la apoderada con diversos miembros del establecimiento educacional. Cuestión distinta es que la recurrente no comparta la celeridad de las acciones adoptadas y el contenido de las mismas. TERCERO: Que, lo expuesto precedentemente no puede calificarse de ilegal y/o arbitrario, muy por el contrario, obedece a los mandatos que impone el ordenamiento jurídico a los establecimientos de educación, contenidos, entre otros, en el Decreto con Fuerza de Ley N° 2 del Ministerio de Educación. CUARTO: Que, paralelamente a la presentación de esta acción constitucional, la recurrente realizó una denuncia ante la Superintendencia de Educación, quienes tomaron conocimiento de los hechos y desplegaron acciones, según se expresa en el informe. Por consiguiente, los derechos de la estudiante se encuentran debidamente resguardados, frente a una o más medidas que no comparta la apoderada. QUINTO: Que, los razonamientos expresados llevan a concluir que la presente controversia -atendida su naturaleza- no corresponde a una materia que pueda ser dilucidada por medio de la presente acción cautelar, ya que ésta no constituye una instancia de declaración de derechos, sino que de protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria y, por ende, en situación de ser amparados, presupuesto que en la especie no concurre.
Fallo
Por lo expuesto, normas citadas, y visto además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República; Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Yanet Hermosilla Cifuentes en contra del Colegio Bicentenario Helvecia. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-2363-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia. Valdivia, tres de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece doña Yanet Hermosilla Cifuentes, domiciliada en Francisco de Aguirre N° 132, Los Conquistadores, Valdivia, en favor de su nieta de iniciales A.V., quien interpone recurso de protección en contra del Colegio Bicentenario Helvecia, domiciliado en Rene Schneider N° 3380, Valdivia. Funda su recurso en desde inicio
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica