JUZGADO DE LETRAS DE VILLA ALEMANA

TORO/TORO

Rol

Fecha

3 de octubre de 2024

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial el correo electrónico acompañado por la parte demandada, en que el receptor judicial de turno del mes de agosto, don Guido Asís Mancilla, refiere que la diligencia no le fue comunicada con la antelación necesaria, no constando de este modo que el ministro de fe haya tomado conocimiento oportuno de la audiencia testimonial ordenada a folio 34, lo que configura un impedimento no imputable a la recurrente en los términos del artículo 339 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de veinte de agosto de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Letras de Villa Alemana, en los autos Rol N°C-541-2024, y en su lugar se declara que se acoge el entorpecimiento, debiendo el tribunal a quo habilitar un término especial de prueba para la rendición de la prueba testimonial de la parte demandada. Notifíquese y devuélvase vía interconexión. N°Civil-2764-2024. En Valparaíso, tres de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara que se acoge el entorpecimiento, debiendo el tribunal a quo habilitar un término especial de prueba para la rendición de la prueba testimonial de la parte demandada. Notifíquese y devuélvase vía interconexión. N°Civil-2764-2024. En Valparaíso, tres de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, en especial el correo electrónico acompañado por la parte demandada, en que el receptor judicial de turno del mes de agosto, don Guido Asís Mancilla, refiere que la diligencia no le fue comunicada con la antelación necesaria, no constando de este modo que el ministro de fe

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica