28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

GALLINATO/INMOBILIARIA RMP S.A. ( CASACIÓN Y APELACIÓN )

Rol

Fecha

2 de octubre de 2024

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PROBATORIA

Resultado

DE FALLO

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Hechos

VISTO: En estos autos Rol N°6696-2017 del Vigésimo Octavo Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, caratulados “Gallinato con Inmobiliaria RMP S.A.”, sobre indemnización de perjuicios, la parte demandante ha deducido recurso de casación en la forma y de apelación, en contra de la sentencia de once de noviembre de dos mil veinte, dictada por el juez titular don Jorge Mena Soto, que rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta.

Fundamentos

CONSIDERANDO: I.- En cuanto al recurso de casación en la forma. PRIMERO: Que el recurso de casación en la forma atribuye a la sentencia, cuya invalidación persigue, haber incurrido en el vicio o defecto contemplado en el numeral 5° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 170 N° 4 del mismo cuerpo legal, por no contener las consideraciones de hecho o de derecho que le sirven de fundamento a la sentencia, toda vez que el

Fallo

fallo impugnado carecería de un análisis integral de la prueba rendida. SEGUNDO: Que sin perjuicio que el recurrente no ha sufrido un perjuicio reparable sólo con la declaración de nulidad de la sentencia de primer grado, puesto que también dedujo recurso de apelación por los mismos fundamentos, el presente recurso no puede prosperar pues el sentenciador no estaba obligado a valorar la prueba, si su convicción lo llevó a acoger la excepción de falta de legitimidad activa del demandante y en consecuencia desestimar la demanda y no emitir pronunciamiento respecto del fondo de la acción deducida por ser incompatible con lo decidido. TERCERO: Que, en consecuencia, el recurso de casación en la forma fundado en la causal referida, no puede prosperar. II.- En cuanto al recurso de apelación. Se reproduce la sentencia en alzada de once de noviembre de dos mil veinte, con excepción de los fundamentos séptimo, noveno, décimo, undécimo, duodécimo, décimo tercero, décimo cuarto y décimo quinto, que se eliminan. Y se tiene en su lugar y además presente: CUARTO: Que la parte demandante recurre de apelación en contra de la sentencia de once de noviembre de dos mil veinte, pronunciada por el Juez titular del 28° Juzgado Civil de Santiago, por la que resolvió acoger la excepción de falta de legitimidad activa del demandante y en consecuencia desestima la demanda y no emite pronunciamiento respecto del fondo de la acción deducida, por ser incompatible con lo decidido. La demanda de indemni

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C.A. de Santiago Santiago, dos de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO: En estos autos Rol N°6696-2017 del Vigésimo Octavo Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, caratulados “Gallinato con Inmobiliaria RMP S.A.”, sobre indemnización de perjuicios, la parte demandante ha deducido recurso de casación en la forma y de apelación, en contra de la sentencia de once de noviembre de dos mil veinte,

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