SIN INFORMACION

ALEXIS ESTEBAN HENRIQUEZ VENEGAS / CLAUDINA INOSTROZA SOTO

Rol

Fecha

2 de octubre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Alexis Esteban Henríquez Venegas, domiciliado en Pasaje Siete Oriente Nº445, Lo Espejo, quien interpone acción constitucional de protección en contra de Claudina Jesús Inostroza Soto, domiciliada en Carlos Reyes Corona Nº1144, Maipú, en razón de haber incurrido en una acción ilegal y arbitraria que perturba sus derechos constitucionales consagrados en los numerales 1 y 3 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en hostigarlo constantemente. Indica que el pasado 10 de julio comenzó a ser víctima del hostigamiento constante de su ex pareja quien pretendía hacer que perdiera la posibilidad de trabajar en un evento como músico, poniéndose en contacto con los organizadores de éste, amenazándolos con que lo bajaría del escenario a golpes. Sostiene que debido a las amenazas y por seguridad del evento, los organizadores del mismo decidieron marginarlo a él y a sus compañeros por lo que formuló una denuncia ante Carabineros de Chile. Agrega que este episodio se suma a una serie de situaciones de “funas” y hostigamiento del que ha sido víctima desde hace al menos 3 meses, lo que le ha ocasionado daño psicológico y económico. Pide acoger el recurso y ordenar las providencias que estime necesarias para establecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección. Segundo: Que informó al tenor del recurso la recurrida solicitando se declare improcedente al no acreditarse relación de causalidad entre los hechos narrados y la supuesta vulneración de derechos. En cuanto al fondo de la acción indica que con el recurrente mantuvieron una relación de convivencia que se terminó formalmente el 8 de abril del año en curso debido a que éste se encontraba en un chat grupal en el que se compartían fotografías de compañeras de trabajo acompañadas de comentarios soeces, misóginos y degradantes. Añade que hizo pública esta situación dado que afectaba a varias compañeras de trabajo. Afirma que la situación le provocó un de

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitucióń Política de la Republica y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Alexis Esteban Henríquez Venegas en contra de Claudina Jesús Inostroza Soto, sin perjuicio de otros derechos. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°4004-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, dos de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Alexis Esteban Henríquez Venegas, domiciliado en Pasaje Siete Oriente Nº445, Lo Espejo, quien interpone acción constitucional de protección en contra de Claudina Jesús Inostroza Soto, domiciliada en Carlos Reyes Corona Nº1144, Maipú, en razón de haber incurrido en una acción ilegal y arbitraria

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