INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMA NOS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
1 de octubre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 26 de septiembre de 2024, comparece Joaquín Bizama Tiznado, abogado, cédula nacional de identidad 9.685.759-4, con domicilio en calle Ignacio Serrano N° 92, de la comuna de Coyhaique, Jefe Regional Aysén del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en favor de la niña Arianna Valentina Velázquez Cuevas, sin documento de identidad, Acta de nacimiento N° 70 del año 2017 del municipio Libertador del estado de Mérida, Venezuela, quien deduce Recurso de Amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión de respuesta a la solicitud de residencia temporaria, vulnerando con ello el derecho constitucional a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Política, por las consideraciones de hecho y derecho que expone, solicitando que se ordene a la recurrida, en suma, “pronunciarse a la brevedad sobre la solicitud de residencia de la amparada solicitante con prescindencia de la documentación requerida”. Con fecha 27 de septiembre de 2024, la abogada María José Astudillo Vásquez, mandatario judicial del Servicio Nacional de Migraciones, evacúa informe por la parte recurrida. Con fecha 28 de septiembre de 2024 se trajo los autos en relación, procediendo a su vista el día 30 del mes y año en curso, escuchándose los alegatos del abogado Javier Albornoz Hernández, por el recurso y, por la parte recurrida, de la abogada María José Astudillo Vásquez. Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el abogado compareciente funda su recurso indicando que la niña amparada, Arianna Velázquez Cuevas, nacida el 5 de julio de 2017 en Venezuela, ingresó a Chile en mayo de 2021 junto a su abuela y su hermana de 12 años por paso no habilitado; que en nuestro país se encontraban ya desde el año 2019 sus padres, María Cuevas Peña y Maykol Velázquez Rodríguez, quienes en la actualidad residen de forma legal y se encuentran a la espera de obtener residencia definitiva, agregando que la niña se encuentra radicada en la ciudad de Coyhaique junto a su familia, y es alumna de la escuela Pedro Quintana Mansilla de Coyhaique. Indica que la amparada, de 7 años, no puede acceder aún a un documento de identidad venezolano. Primero, porque en Venezuela solo se otorga cédula de identidad desde los 9 años. Y luego, por la imposibilidad de poder siquiera tramitar un pasaporte venezolano, dada la salida del cuerpo diplomático venezolano de nuestro país. Indica que con fecha 31 de enero de 2023 su madre presentó solicitud de residencia temporal, número de solicitud 60996071, acompañando certificado de nacimiento debidamente apostillado, junto a los documentos de identidad de sus padres. Sin perjuicio de lo anterior, por medio de la Resolución sin número de 16 de mayo de 2023, el Servicio Nacional de Migraciones responde negativamente a la solicitud de residencia temporaria, ordenando el archivo de la misma (sic). Transcribe la resolución recurrida, la que, en síntesis, señala que la solicitud no cumple con los requisitos establecidos en la Ley 21.325 y su reglamento, ya que el documento se encuentra sin la legalización (ante el consulado chileno en el país de origen y el Ministerio de Relaciones Exteriores) o no ha sido apostillado por el país respectivo. Así, refiere que han transcurridos más de 19 meses desde que se presentó la solicitud de residencia temporal de la niña y aún no obtiene respuesta, pese a que con su solicitud se presentaron documentos, principalmente su certificado de nacimiento apostillado, que acredita fehacientemente su identidad. Acusa que se está exigiendo un requisito imposible para acceder a una residencia legal en el país, cual es presentar un documento de identidad, puesto que legalmente no puede acceder a una cédula de identidad venezolana sino hasta los 9 años, y en la actualidad es imposible tramitar un documento de identidad venezolano en Chile, por lo que sólo podrán contar con cédula de identidad chilena una vez se obtenga la residencia en el país. En consecuencia, la niña de autos no puede acceder a una residencia legal en Chile y por consiguiente tampoco a un documento de identidad, encontrándose imposibilitada de entrar y salir libremente del país y de tomar un vuelo comercial, pues la aerolínea le impedirá abordar, lo cual es especialmente gravoso para los residentes de la región de Aysén cuando deben viajar a realizar trámites a Santiago. Posterior a referirse a la acción de amparo y el derecho
Fallo
Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo dispuesto en el artículo 21, de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación y Fallo de los Recursos de Amparo, se declara que SE ACOGE, sin costas, la acción constitucional de amparo deducida por el abogado Joaquín Bizama Tiznado, Jefe Regional Aysén del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en favor de la niña Arianna Valentina Velázquez Cuevas, sin documento de identidad, Acta de nacimiento N° 70 del año 2017 del municipio Libertador del estado de Mérida, Venezuela, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión de respuesta a la solicitud de residencia temporaria, debiendo dicho Servicio continuar el proceso de solicitud de residencia temporal de la amparada, ordenándose a la recurrida pronunciarse respecto de la solicitud en cuestión, con prescindencia de la documentación requerida, dentro del plazo de 15 días hábiles. Redacción del Fiscal Judicial Subrogante, Juan Patricio Silva Pedreros. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N°90-2024 (Amparo).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, a uno de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, con fecha 26 de septiembre de 2024, comparece Joaquín Bizama Tiznado, abogado, cédula nacional de identidad 9.685.759-4, con domicilio en calle Ignacio Serrano N° 92, de la comuna de Coyhaique, Jefe Regional Aysén del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en favor de la niña Arianna Valentina Velázquez Cuevas, sin document
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