SALAZAR/EVERCRISP SNACK PRODUCTOS DE CHILE S.A. (PEPSICO)
Rol
Fecha
1 de octubre de 2024
Materia
OTRAS MATERIAS SINDICALES
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: De la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT S-13-2023, caratulados "Godoy y otros con Evercrisp Snack Productos Chile S.A.", se reproduce y mantiene todo lo no afectado con la nulidad dispuesta; Se reproduce lo expresado en los
Fundamentos
fundamentos 21° y 22° del
Fallo
fallo de nulidad que antecede; Y se tiene, además presente: 1° Que, en la especie, existió controversia respecto de la fecha de inicio de la relación laboral que vinculó a la demandada con los trabajadores Camilo Godoy Sagredo y Daniel Rodríguez Guillén, quienes postularon que ella se remontaba al 1 de abril de 2015, en el caso del primero; y al 1 de marzo de 2020, respecto del segundo. 2° Que en la instancia procesal correspondiente, la parte denunciada presentó prueba documental al efecto, cuyo mérito fue ratificado por la exhibición promovida por la parte denunciante, y de cuyo tenor aparece que don Camilo Godoy Sagredo ingresó a prestar servicios para la empresa el 1 de noviembre de 2019, en tanto que don Daniel Rodríguez Guillen lo hizo el 13 de octubre de 2020, sin que la parte denunciante aportara elementos de convicción que permitan desvirtuar las citadas fechas, por lo que se declarará que los respectivos vínculos laborales tuvieron su origen en la época indicada, para cada uno de los trabajadores aludidos. 3° Que, en consecuencia, declarado injustificado el despido que se dispusiera a su respecto, el resarcimiento por años de servicio y el incremento que sobre el citado ítem dispone la ley, debe calcularse sobre la base de la extensión del vínculo correspondiente que se ha tenido por acreditado, esto es, tres años en el caso del señor Godoy Sagredo, y dos años, para el señor Rodríguez Guillen. Y visto lo dispuesto en los artículos 163, 168 c) y 478 del Código del
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Santiago, uno de octubre de dos mil veinticuatro Vistos: De la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT S-13-2023, caratulados "Godoy y otros con Evercrisp Snack Productos Chile S.A.", se reproduce y mantiene todo lo no afectado con la nulidad dispuesta; Se reproduce lo expresado en los fundamentos 21° y 22° del fallo de nulidad que antecede; Y s
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