ANONIMIZADO
Rol
Fecha
1 de octubre de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Puerto Montt, uno de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos. El mérito de los antecedentes y teniendo presente la actual redacción del artículo 12 de la ley 14.908, en particular el inciso noveno que viene a exigir copulativamente los caracteres de útiles y extraordinarios a los gastos que se puedan imputar a pensiones de alimentos, indicando: “Durante la etapa de cumplimiento el alimentante podrá requerir al tribunal, excepcionalmente, la imputación de los gastos útiles y extraordinarios que hubiere efectuado para satisfacer necesidades del alimentario, que no hubieren sido previstos (…)”. De esta forma y
Fundamentos
considerando estos sentenciadores que los gastos de atenciones psicológicas y dentales cumplen...
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, uno de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos. El mérito de los antecedentes y teniendo presente la actual redacción del artículo 12 de la ley 14.908, en particular el inciso noveno que viene a exigir copulativamente los caracteres de útiles y extraordinarios a los gastos que se puedan imputar a pensiones de alimentos, indicando: “Durante la etapa de cumplimiento el alimentante podr
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