DOMCKE/MANSILLA
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2024
Materia
CONTRATO, NULIDAD DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS Atendido el mérito de los antecedentes, y el tenor del recurso de apelación, subsidiario de reposición, deducido por la parte demandante, del cual se desprende que no contiene los argumentos que sostienen su remedio procesal, en tanto que únicamente se limita a peticionar “se enmiende conforme a derecho corresponda la resolución apelada” (sic), más no indica la declaración que en concreto solicita a este Tribunal de Alzada en caso de acoger la apelación subsidiaria, lo que constituye una omisión que importa no contener
Fundamentos
fundamentos ni petición concreta que es su obligación formular, exigencia impuesta perentoriamente por el artículo 201 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación subsidiario de reposición, deducido en la presentación de fecha 09 de julio de 2024, por el apoderado de la parte demandante, abogado don Francisco Ubal Rivas, en contra de la resolución de fecha tres de julio de dos mil veinticuatro. Regístrese y devuélvase. Rol N° 151-2024 (Civil).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, treinta de septiembre de dos mil veinticuatro. Con la cuenta de la señora Relator. VISTOS Atendido el mérito de los antecedentes, y el tenor del recurso de apelación, subsidiario de reposición, deducido por la parte demandante, del cual se desprende que no contiene los argumentos que sostienen su remedio procesal, en tanto que únicamente se limita a peticionar “se enmiende conforme a
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