COMITÉ MEJORAMIENTO LOTEO DOÑA CATALINA/SÁNCHEZ
Rol
Fecha
30 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente que: Primero. Mauricio Barría Águila, abogado, en representación de Comité de Mejoramiento Loteo Doña Catalina, ambos domiciliados en la comuna de Osorno, interpuso recurso de protección en contra de la Inmobiliaria e Inversiones GMR SpA, Eduardo Sánchez Solo De Zaldívar y la Superintendencia del Medio Ambiente, impugnando lo que considera son, de parte de los primeros, actos de fraccionamiento y elusión, para ejecutar un proyecto industrial al margen del Servicio de Evaluación Ambiental, y la omisión por parte de la Superintendencia de su obligación de requerir el ingreso de los proyectos fraccionados a dicho sistema, así como no haber sancionado por aquella infracción al recurrido señor Sánchez, acciones y omisiones que califica de arbitrarias, ilegales y vulneratorias de la garantía constitucional de su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, contenida en el numeral 8º del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que, sus representados son propietarios de parcelas, ubicadas en la Ruta U-55 en el sector rural de la comuna de Osorno, en tanto, la recurrida Inmobiliaria GMR SpA es propietaria de dos hijuelas colindantes, números 8 y 9, loteadas en 45 predios de 5.000 metros cuadrados cada uno. El recurrido Eduardo Sánchez, es propietario del lote 11 de la hijuela 9. Señala que los recurridos, mediante presentaciones individuales y aisladas, ocultan la realidad del proyecto y lo muestran como un loteo de 2 hijuelas, una de 10,5 hectáreas dividida en 21 lotes y otra de 12 hectáreas dividida en 24 lotes. Así, el propietario del Lote N°11 de la Hijuela N°9, solicitó informe de factibilidad de construcción al Servicio Agrícola Ganadero Regional de Los Lagos, obteniendo un informe favorable para la construcción de “Galpón y Oficinas para arriendo”, mediante resolución exenta del Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Los Lagos. Afirma que tal fraccionamiento del proyecto se hizo con la finali
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Comité de Mejoramiento Loteo Doña Catalina en contra de la Inmobiliaria e Inversiones GMR SpA, Eduardo Sánchez Solo De Zaldívar y la Superintendencia del Medio Ambiente. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección-1526-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A de Valdivia Valdivia, treinta de septiembre de dos mil veinticuatro Vistos y teniendo presente que: Primero. Mauricio Barría Águila, abogado, en representación de Comité de Mejoramiento Loteo Doña Catalina, ambos domiciliados en la comuna de Osorno, interpuso recurso de protección en contra de la Inmobiliaria e Inversiones GMR SpA, Eduardo Sánchez Solo De Zaldívar y la Superintendencia del Med
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