LUARTE/LUARTE
Rol
Fecha
25 de noviembre de 2024
Materia
EXHORTO-[CIVIL]
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandado el veintiocho de agosto del presente año, contra lo pertinente de la resolución de veintidós de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-15158-2024.imm
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en subsidio por el demandado el veintiocho de agosto del presente año, contra lo pertinente de la resolución de veintidós de agosto del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-15158-2024.imm
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser a
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