JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ MARCO ANTONIO MEDINA HUERTA

Rol

Fecha

27 de septiembre de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados. 2º) Que, en este caso, el mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estiman estos sentenciadores que en el presente estadio procesal existen elementos suficientes para estimar concurrentes los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, aquello tomando en consideración la denuncia de la víctima y parte policial que consigna la dinámica de los hechos.  3°) Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, esta sólo se ve resguardada con la medida cautelar de prisión preventiva, teniendo en consideración el delito por el cual se formalizó la investigación, esto es, un delito de robo con intimidación, las circunstancias y modalidades de su comisión, la gravedad de la pena asignada al ilícito, el haber actuado en grupo o pandilla, la forma de cumplimiento en el evento de dictarse condena, el haber sido condenado el imputado Medina Huerta anteriormente por ilícito de la misma naturaleza y, finalmente,  el haber sido formalizada la imputada Román Antimán por estos hechos durante la ejecución de pena sustitutiva de remisión condicional, lo que da cuenta de la insuficiencia de otras medidas cautelares de menor intensidad para resguardar la seguridad de la sociedad, del peligro que reviste la libertad de los encausados, no siendo procedente tampoco la fijación de caución. Por estos

Fundamentos

fundamentos y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha veintiuno de septiembre del año en curso, pronunciada por el Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Cristián Arturo Alfonso Durruty, que dispuso decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Marco Antonio Medina Huerta y Mariana Daniela Román Antimán. Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal Nº1261-2024.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados. 2º) Que, en este caso, el mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia

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