SIN INFORMACION

VALESKA ANDREA ALFARO GONZÁLEZ / JUAN FRANCISCO URRA APABLAZA Y OTRO

Rol

Fecha

27 de septiembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1 comparece Valeska Andrea Alfaro González, 35 años, quien señala como su teléfono +56945873704, y domicilio el de calle San Martin N°101, depto. 2001, Torre A, Valparaíso, y recurre de protección contra Juan Francisco Urra Apablaza y Omar Alejandro Alarcón Pereira y denuncia como ilegal y arbitrario el hecho de haberla sacado violentamente del departamento que arrendaba, lo que vulneró su derecho fundamental establecido en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por lo que pide se le dé una orden para ir al señalado departamento a sacar sus cosas. Señala que ella arrendó un departamento a Omar Alarcón, que habita desde febrero del presente año, pero el dueño del departamento es Juan Francisco Urra Apablaza, con quien había hablado sobre reunirse el sábado 17 de agosto y firmar un nuevo contrato de arriendo a nombre de la actora. Refiere que el 15 de agosto pasado, se encontraba sola en dicho departamento, enferma del estómago e indispuesta, por lo que cuando le tocaron el timbre, no abrió la puerta. Luego de ello, los recurridos, quienes se encontraban con dos personas más, procedieron a romper la chapa, por lo que la actora llamó a Carabineros, pero el recurrida Urra también los llama y dice que quiere hacer una denuncia. (no indica motivo) Refiere que llegó Carabineros, haciendo uso de la violencia, pues rompieron la puerta en dos, la agreden, cuando ella trató de grabar le quitaron el celular y lo tiraron al piso por lo que se quebró, la detienen por el delito de agresión. Señala que no le permitieron explicar, que ella arrienda el departamento, y que cuando pidió la autorización para ingresar a su casa, no tenían nada. Agrega que se resistió a la detención, que los Carabineros la golpearon y que uno de ellos la ahorcó y asfixió, por lo que quedó inconsciente. Refiere que la sacaron del lugar esposa y con pies descalzos. Señala que todos sus artículos de valor quedaron en el departamento: artículos de hogar, ar

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por el presente recurso, comparece Valeska Alfaro, denunciando que habría sido sacada a la fuerza del departamento que arrendaba, por lo que pide se le otorgue permiso para ingresar a él y recuperar sus bienes materiales. Que el recurrido Urra Apablaza, indica ser dueño del departamento, que nunca le arrendó el departamento a la recurrente y que cuando acudió a la entrega que debía hacerle el arrendatario Sr. Alarcón, fue agredido por la actora. Añade que no había bienes materiales de la actora en ese lugar, pues los únicos enseres son de su propiedad, pues arrendó el departamento amoblado. Por otro lado, siguió siendo acosado por la recurrente y ha debido pagar un total de $4.500.000 para reparar los daños del departamento y por seguridad ante las agresiones de la actora. Que el recurrido Alarcón señaló que le subarrendó a la actora una pieza del departamento, que esta nunca le pagó, debiendo él asumir una serie de gastos que no le correspondían, y además, la recurrente se negó a desocupar el departamento. Añade que después del incidente del 15 de agosto de 2023 siguió acosándolo. Segundo: Que, de lo ya descrito, no resultan acreditados los hechos expuestos por la recurrente en su libelo, atendido que si bien no existe controversia sobre que el 15 de agosto de 2023 ella desocupó el departamento ubicado en calle San Martin N°101 depto. 2001 Torre A Valparaíso, no existe constancia de que haya dejado efectivamente bienes de su propiedad en el departamento, como los descritos en el libelo. Cabe señalar que el recurrido acompañó fotos del lugar, donde solo se aprecian bolsas y objetos en el piso. Tercero: Que, por lo mismo, no se observa que la actora esté en posesión de algún derecho indubitado que deba ser protegido por esta vía cautelar. Sin perjuicio de ello, según señala el recurrido, el 10 de septiembre pasado, la fiscalía entregó a la actora una orden para que pudiese ingresar al señalado departamento a recuperar sus bienes, cuestión que hizo, en compañía del dueño de él y de Carabineros, sin que haya encontrado los objetos que alega, razón por la cual ya ejecutó la medida que pide en el presente recurso, el que carece de objeto actualmente.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Valeska Andrea Alfaro González contra Juan Francisco Urra Apablaza y Omar Alejandro Alarcón Pereira. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-5795-2024.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1 comparece Valeska Andrea Alfaro González, 35 años, quien señala como su teléfono +56945873704, y domicilio el de calle San Martin N°101, depto. 2001, Torre A, Valparaíso, y recurre de protección contra Juan Francisco Urra Apablaza y Omar Alejandro Alarcón Pereira y denuncia como ilegal y arbitr

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