BARRIENTOS/DIOCARES
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2024
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia apelada con excepción de lo considerado en el motivo 9° en la parte que corre desde “a su vez” hasta el punto aparte. Y se tiene además presente: 1.- En estos antecedentes la prueba se debe valorar conforme las reglas que configuran el sistema de sana crítica según prevé el artículo 14 de la Ley 18.287. 2.- Del examen de la prueba incorporada en la causa no existe elementos de juicios tendientes a la acreditación del daño o sufrimiento experimentado por el afectado, como tampoco se aprecian adjuntos contenidos en la motivación del fallo a fin de corroborar su existencia. Y en mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma, en lo apelado, la sentencia de veinte de diciembre del dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno, con declaración que se rechaza la demandada de indemnización de perjuicio por concepto de daño moral alegando por la demandante, por no existir prueba alguna destinada a probar la existencia de dicho daño. Lo anterior acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Rodrigo Ignacio Schnettler Carvajal, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada en todas sus partes. Regístrese y comuníquese. Rol 3 – 2024 Policía Local.
Fallo
fallo a fin de corroborar su existencia. Y en mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma, en lo apelado, la sentencia de veinte de diciembre del dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Policía Local de Osorno, con declaración que se rechaza la demandada de indemnización de perjuicio por concepto de daño moral alegando por la demandante, por no existir prueba alguna destinada a probar la existencia de dicho daño. Lo anterior acordado con el voto en contra del Ministro Sr. Rodrigo Ignacio Schnettler Carvajal, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada en todas sus partes. Regístrese y comuníquese. Rol 3 – 2024 Policía Local.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia apelada con excepción de lo considerado en el motivo 9° en la parte que corre desde “a su vez” hasta el punto aparte. Y se tiene además presente: 1.- En estos antecedentes la prueba se debe valorar conforme las reglas que configuran el sistema de sana crítica según prevé el artículo 14
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