COOPERATIVA DEL PERSONAL DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE (COOPEUCH)/OPAZO
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los
Fundamentos
considerandos tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo, los que se eliminan. Y SE TIENE, EN SU LUGAR, EN CONSIDERACIÓN: 1°) Que la ejecutada opuso la excepción de prescripción el día 25 de julio de 2022, misma fecha en la que se tuvo por notificado y requerido de pago de la demanda ejecutiva. 2°) Que el título de la ejecución es un pagaré suscrito el 10 de enero de 2020, en el cual la ejecutada señala que adeuda la suma de $3.593.232; constituyendo esta la deuda que se reconoce en el pagaré. Asimismo, se estableció un pago de la obligación en 48 cuotas, venciendo la primera el 15 de abril de 2020; y consecuencialmente, la última vencería el 15 de marzo de 2024. 3°) Que, en el mismo pagaré se establece, clausula 3, que se faculta para exigir el pago anticipado de todas las cuotas en caso de mora o simple retardo de las cuotas, es decir, establece la cláusula de aceleración de forma facultativa en favor del acreedor. Respecto de esta cláusula facultativa de aceleración, ella se hace valer el 9 de febrero de 2022, fecha en la cual presenta la demanda y expresamente hace valer dicha cláusula. 4°) Que, como se expuso, el ejecutado se notificó y requirió de pago el 25 de julio de 2022, por lo que, desde el momento en que se hizo exigible la deuda, el 9 de febrero de 2022 hasta la notificación de la acción, el 25 de julio de 2022, no ha transcurrido el plazo de un año que establece la ley para declarar prescrita la acción, por lo que la excepción opuesta debe ser rechazada.
Fallo
Por estas consideraciones y lo señalado en los artículos 144 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la sentencia apelada de 28 de octubre de 2022, dictada por el Juzgado de Letras de Chanco en la causa Rol C-15-2022, sin costas del recurso por haberse acogido, y en su lugar se declara: QUE SE RECHAZA la excepción opuesta por la ejecutada, con costas de la causa y, en consecuencia, se ordena proseguir con la ejecución hasta darse entero y cumplido pago de la obligación contenida en autos. Acordada con el voto en contra del ministro (s) Álvaro Saavedra Sepúlveda, quien estuvo por confirmar la sentencia en alzada, en virtud del mérito de sus propios fundamentos. Regístrese y devuélvase. Rol Corte N° 311-2023 Civil. N°Civil-311-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los considerandos tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo, los que se eliminan. Y SE TIENE, EN SU LUGAR, EN CONSIDERACIÓN: 1°) Que la ejecutada opuso la excepción de prescripción el día 25 de julio de 2022, misma fecha en la que se tuvo por notificado y requerido
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