GALLEGUILLOS/CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que los señores abogados LEONARDO LEIVA MENDOZA, SEBÁSTIAN DELPINO GONZÁLEZ y JOSÉ ANTONIO HENRÍQUEZ MUÑIZ recurren de protección en favor de doñas MELISSA FERNANDA ORELLANA JARA, MARÍA PILAR ÁLVAREZ BRAHM, y JENNY JUDY GALLEGUILLOS CIFUENTES, jefas de unidad del Centro de Medidas Cautelares de los Juzgados de Familia de esta ciudad, en contra de la Corporación Administrativa del Poder Judicial por pagarles remuneraciones inferiores a las pagadas a jefes de unidades análogas en tribunales de asiento de Cortes de Apelaciones, lo que consideran ilegal, arbitrario y contrario a su derecho a la igualdad ante la ley. Informan que el Centro de Medidas cautelares tiene una dotación propia, además de jueces, consejeros técnicos y funcionarios de los Juzgados de Familia de Santiago que son destinados transitoriamente a dicha unidad. El año 2016 el Centro de Medidas Cautelares pasó a la dependencia de esta Corte de Apelaciones. Señalan que el año 2019, en AD 1302-2016 el pleno de la Excma. Corte Suprema aprobó el informe del Comité de Modernización del Centro de Medidas Cautelares, en el cual se propone la creación de un Quinto Juzgado de Familia de Santiago, especializado en materias de vulneración de derechos y violencia intrafamiliar. Sostienen las recurrentes respecto del Centro de Medidas Cautelares que, apreciando su funcionamiento, sería imposible sostener que dicho centro no es un tribunal, y que sería el tribunal con más carga laboral de los Juzgados de Familia de Santiago. Señalan que el 2022 el Departamento de Desarrollo Institucional de la CAPJ informaba la siguiente dotación del Centro de Medidas Cautelares: • 7 magistrados. • 17 Consejeros técnicos. • 4 Jefes de Unidad. • 4 funcionarios de atención de público. • 7 funcionarios de sala. • 13 funcionarios de causas. • 5 funcionarios de servicios. Aducen que la Unidad de Causa contaba a diciembre de 2022 con 48 funcionarios a cargo del jefe de unidad. La Unidad de Sala actualmente tiene a 33 funcionarios a cargo de la jefatura. Y la Unidad de Atención actualmente tiene 11 funcionarios. Señalan que las recurrentes tienen los siguientes cargos: - María Pilar Álvarez Brahm, Jefa Unidad de Atención, desde agosto 2010. - Jenny Gallegillos Cifuentes, Jefa Unidad de Causas, desde junio 2011. - Melissa Orellana Jara, Jefa Unidad de Sala, desde octubre 2019. Al respecto señalan que no obstante desempeñar cargos de jefatura de unidad propios de la orgánica de cualquier Tribunal de Familia del país, sus remuneraciones no son equivalentes a las que detentan las mismas jefaturas en otros Tribunales de Familia del país que también son asiento de Corte. Lo anterior, toda vez que el grado correspondiente para las jefaturas de unidad del CMC corresponde a un grado XI, escalafón secundario, y que las remuneraciones de los Jefes de Unidad en todos los Tribunales de Familia que son asiento de Corte son las del grado IX, escalafón secundario. Señalan las recurrentes que con fe
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de doñas MELISSA FERNANDA ORELLANA JARA, MARÍA PILAR ÁLVAREZ BRAHM, y JENNY JUDY GALLEGUILLOS CIFUENTES, jefas de unidad del Centro de Medidas Cautelares de los Juzgados de Familia de esta ciudad, en contra de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y archívese. Redactó el ministro señor Antonio Mauricio Ulloa Márquez. Protección-1.181-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Antonio Ulloa Márquez, la Ministra (S) señora Lidia Poza Matus y la Abogada Integrante señora Catalina Infante Correa. En Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. A los folios 30 y 31: estése a lo que se resolverá. Vistos y considerando: Primero: Que los señores abogados LEONARDO LEIVA MENDOZA, SEBÁSTIAN DELPINO GONZÁLEZ y JOSÉ ANTONIO HENRÍQUEZ MUÑIZ recurren de protección en favor de doñas MELISSA FERNANDA ORELLANA JARA, MARÍA PILAR ÁLVAREZ BRAHM, y JENNY JUDY GALLEGUILLOS CIFU
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