JUZGADO DE FAMILIA TEMUCO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

2 de octubre de 2024

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Soraya Herrera Bascur, en contra de la resolución de fecha catorce de agosto de dos mil veinticuatro, que consta en el expediente digital, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Familia-585-2024. (cwm)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Soraya Herrera Bascur, en contra de la resolución de fecha catorce de agosto de dos mil veinticuatro, que consta en el expediente digital, por improcedente atendida su forma de interposición. Devuélvase. N°Familia-585-2024. (cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dos de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Soraya Herrera Bascur, en contra de la resolución de fecha catorce de agosto de dos mil veinticuatro, que consta en el expediente digital, por

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