JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE TRAIGUEN

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

2 de octubre de 2024

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Rodrigo Muñoz Encina, en contra de la resolución de fecha catorce de agosto de dos mil veinticuatro, escrita a folio 81 en el expediente digital, por improcedente, atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-587-2024. (cwm)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Rodrigo Muñoz Encina, en contra de la resolución de fecha catorce de agosto de dos mil veinticuatro, escrita a folio 81 en el expediente digital, por improcedente, atendida la naturaleza jurídica de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-587-2024. (cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dos de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Rodrigo Muñoz Encina, en contra de la resolución de fecha catorce de agosto de dos mil veinticuatro, escrita a folio 81 en el expediente digita

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica