AMPARADO: MARTIN ALEXANDER FERNANDEZ VERA. RECURRIDO: JUZGADO DE GARANTÍA DE CHIGUAYANTE
Rol
Fecha
27 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Que, en estos antecedentes del ingreso de Amparo, Rol 473-2024, comparece la abogada Evelyn Monsalves Suazo, defensora penal juvenil, domiciliada en Avenida Juan Bosco 2038, Concepción, en representación del imputado adolescente Martín Alexander Fernández Vera, deduciendo recurso de amparo en contra de la resolución dictada en audiencia de 13 de septiembre del 2024 por el Juzgado de Garantía de Chiguayante, por la cual se amplió el plazo de investigación en 30 días más. Señala que el 8 de enero del 2024 se celebró audiencia de control de detención y formalización en contra del amparado por dos delitos de lesiones leves del artículo 494 n°5 del Código Penal y por un delito de lesiones graves del artículo 397 n°1 del Código Penal, en la misma se fijó un plazo de investigación de 3 meses, y se decretó la medida cautelar del artículo 155 letra g) del Código Procesal Penal. Posteriormente, el 17 de mayo del presente año se amplió la investigación por 30 días sin oposición de la defensa, luego el 19 de julio de 2024 se aumenta nuevamente el plazo por 30 días, esta vez con oposición de la defensa. Continúa señalando que el 13 de septiembre pasado en una tercera audiencia de aumento de plazo de investigación la defensa se opuso nuevamente, toda vez que hasta la fecha se lleva un plazo total de 8 meses y 5 días de investigación, cuestión que hizo presente al tribunal, ya que se había sobrepasado el máximo que establece la ley 20.084, sin embargo, el tribunal accedió a la prórroga solicitada. Estima que lo antes relatado es un acto arbitrario e ilegal que perturba y amenaza la libertad personal del amparado, toda vez que se trata de una resolución motivada únicamente en las solicitudes del Ministerio Público y se desatiende las alegaciones de la defensa, careciendo de la razonabilidad que se debe exigir a toda resolución judicial , y pese a que se trata de la investigación de hechos que revisten gravedad y puedan existir diligencias pendientes, ello no es óbice para
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de la República, el recurso de amparo es una acción que puede ser deducida a favor de toda persona que se hallare arrestada, detenida o presa con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, a fin de que se guarden las formalidades legales y se adopten de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Que, se ha deducido este recurso de amparo por la defensa del imputado adolescente Martin Alexander Fernandez Vera, en contra de la resolución pronunciada por el Juez suplente del Juzgado de Garantía de Chiguayante, Gonzalo Muñoz Muñoz, con fecha 13 de septiembre de 2014, en la cual, por tercera vez, se procedió a ampliar el plazo de la investigación, a solicitud del Ministerio Público y con la oposición de la Defensa, habiendo transcurrido a esa fecha ocho meses y cinco días desde el inicio de la investigación, contraviniendo con ello lo dispuesto en la ley 20.084 en cuanto al plazo máximo de duración de la investigación en caso que se encuentren imputados adolescentes. A su turno, el Juez al informar ha reconocido que a la fecha en que se solicita por tercera vez la ampliación del plazo de la investigación, ya habían transcurrido más de ocho meses desde su inicio, pero que había accedido a lo pedido por el Ministerio Público, aun contra la oposición de la defensa, en atención a que se encontraban pendientes diligencias de investigación como la interrogación de las víctimas y que tales diligencias eran diferentes a las que se encontraban pendientes en las anteriores peticiones de ampliación de plazo, además de considerar que el adolescente imputado se encontraba sometido a medidas cautelares de baja intensidad, como la prohibición de acercarse a las víctimas. TERCERO: Que, efectivamente el artículo 38 de la ley 20.084 establece perentoriamente que la duración de la investigación, en caso que existan adolescentes imputados no podrá exceder de seis meses, pudiendo este plazo ampliarse hasta en sesenta días más, siempre que la ampliación sea solicitada antes que venza el plazo originalmente fijado para la investigación. En el caso de autos al formalizar la investigación, con fecha 8 de enero de 2024, el Tribunal fijo un plazo para el desarrollo de la misma de tres meses. Luego, con fecha 15 de mayo de 2024 se amplió el plazo de investigación en 30 días a contar de la referida fecha; posteriormente, el 19 de julio de 2024, con oposición de la defensa, se amplió el plazo de investigación por igual periodo de tiempo, en ambas ocasiones la solicitud se fundó en la realización de pericias ante el Servicio Médico Legal respecto de las víctimas. Finalment
Fallo
Por estas consideraciones y lo que dispone el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se decide que: SE RECHAZA el recurso de amparo deducido por la abogada Evelyn Monsalves Suazo, defensora penal juvenil, en representación del imputado adolescente Martín Alexander Fernández Vera. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. Redacción del ministro Hadolff Gabriel Ascencio Molina. N°Amparo-473-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción rtp Concepción, veintisiete de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO: Que, en estos antecedentes del ingreso de Amparo, Rol 473-2024, comparece la abogada Evelyn Monsalves Suazo, defensora penal juvenil, domiciliada en Avenida Juan Bosco 2038, Concepción, en representación del imputado adolescente Martín Alexander Fernández Vera, deduciendo recurso de amparo en contra de la
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica