CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO C/ OSVALDO CRISTIAN DELGADO QUEVEDO
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2024
Materia
COHECHO.ART.248, 248 BIS (LEY 19.645) Y 249.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Teniendo únicamente en consideración que, con los antecedentes que actualmente se cuenta, es posible determinar que la exteriorización de las conductas perseguidas en la presente causa, acontecen a partir de la celebración del Concejo Municipal extraordinario de la Municipalidad de Tierra Amarilla; y, por otra parte, no aparece exigible en el caso, la obligatoriedad de concurrir la autorización para proceder criminalmente contra parte de los acusados, por las razones expresadas por la jueza a quo en el pronunciamiento apelado y teniendo presente, además, lo dispuesto en el artículo 157 del Código Orgánico de Tribunales, y los artículos 264, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de preparación de juicio oral, con fecha once de julio del año en curso, por la jueza del Juzgado de Garantía de Copiapó doña Paola Rojas Labarca, la cual rechazó las excepciones de previo y especial pronunciamiento, esto es, la incompetencia del tribunal y la falta de autorización para proceder criminalmente, cuando la constitución o la ley lo exigieren. Regístrese y devuélvase. Redacción del Ministro Sr. Carlos Meneses Coloma. Rol Corte Penal 581-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Teniendo únicamente en consideración que, con los antecedentes que actualmente se cuenta, es posible determinar que la exteriorización de las conductas perseguidas en la presente causa, acontecen a partir de la celebración del Concejo Municipal extraordinario de la Municipalidad de Tierra Amarilla; y, por otra parte
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