7º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

MINISTERIO PUBLICO C/ MARCO AURELIO ALBORNOZ REYES

Rol

134125-2022

Fecha

9 de noviembre de 2022

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA INADMISIBLE RECURSO DE NULIDAD, REMITE ANT

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que en causa seguida en contra de Marjorie Vargas Gutiérrez y Marco Aurelio Albornoz Reyes, ante el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema para conocer de los recursos de nulidad interpuestos por las defensas de los sentenciados. 2° Que por el recurso de la defensa de Vargas, que es el que le otorga competencia a esta Corte, se ha invocado como causal principal la de la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, denunciándose la infracción al debido proceso y a la igualdad ante la Ley, al haberse acreditado la concurrencia de la agravante del artículo 19 letra A) de la Ley 20.000. 3° Que el Ministerio Público ha solicitado que se declare la inadmisibilidad del motivo de nulidad, por falta de

Fundamentos

fundamentos desde que los argumentos esgrimidos se vinculan con la errónea aplicación del derecho, causal que no permite reconducción. 4° Que de la lectura del recurso se advierte que lo alegado por el impugnante en lo que a la causal principal se refiere, dice relación con la aplicación de una norma penal, lo que constituye más bien la causal de nulidad del literal b) del artículo 373 del Código Procesal Penal, la que no es procedente reconducir a una Corte de Apelaciones. Y visto además, lo dispuesto en el artículo 383 del Código Procesal Penal,

Fallo

se declara inadmisible el recurso interpuesto por la defensa de la sentenciada Vargas en lo que respecta al motivo de nulidad del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal. Remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago, para que, previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de la sentenciada, en lo que a la causal subsidiaria se refiere, y el líbelo del co imputado, si es pertinente fije audiencia para su conocimiento y fallo. Al escrito folio 189859-2022: estese a lo resuelto. Regístrese y remítase. Rol N° 134125-22.

Texto Completo (Preview)

Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1° Que en causa seguida en contra de Marjorie Vargas Gutiérrez y Marco Aurelio Albornoz Reyes, ante el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, los que han sido remitidos por interconexión a esta Corte Suprema para conocer de los recursos de nulidad interpuestos por las defensas de los sentenciados. 2° Que por el

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