CASAS ROJAS, CRISTIAN RODRIGO/I. MUNICIPALIDAD DE LA SERENA Y SERVICIO NACIONAL DE TURISMO
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Gemita Kormylo Ávila, abogada, interponiendo acción constitucional de protección en favor de Cristián Rodrigo Casas Rojas, y en contra de la Ilustre Municipalidad de La Serena y en contra del Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo, por la decisión de no renovar la patente comercial por ‘Restaurante de Turismo’ de la que es titular el recurrente. Cómo garantías vulneradas indica aquellas contenidas en los numerales 2, 21 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República Expone que el actor es titular de la patente definitiva de turismo Rol N°400929 de la comuna de La Serena, la cual adquirió mediante compraventa celebrada por escritura pública de 05 de enero del año 2023, junto con el derecho a llaves y todas las instalaciones útiles y accesorios del local comercial “Barra Bohemia” ubicado en calle O’Higgins #624, La Serena, bienes por los cuales pagó un precio de $20.000.000.- (veinte millones de pesos). Indica que el vendedor mantenía deudas de arrendamiento con la propietaria del inmueble en que funcionaba el local, la empresa Inmobiliaria Callegari e Hijas Limitada, por lo que la patente en cuestión se encontraba embargada. Agrega que las deudas por rentas de arrendamiento habrían sido pagadas y la propietaria habría alzado el embargo, pudiendo el actor acceder al local comercial e iniciar los trámites para el cambio de nombre recién en el mes de enero del año en curso. Sostiene que funcionarias de la Sección de Patentes de la Ilustre Municipalidad de La Serena habrían realizado diversas maniobras para obstaculizar del trámite de cambio de nombre de la patente, demorándolo a tal punto que el 24 de julio pasado, al decidir el Concejo Municipal no renovar la patente, esta aún figuraba a nombre del anterior titular. Además expresa que nunca le habría sido informado al recurrente que resultaba indispensable obtener aprobación de SERNATUR para la renovación de la patente al tratarse de una correspondiente a ‘Restaurante de Turismo’. Agrega que una de las funcionarias a las que hizo referencia previamente habría proporcionado información falsa al Concejo municipal, ya que informando respecto a un recurso administrativo de reposición intentado por el actor, ésta habría manifestado que no se proporcionaron nuevos antecedentes por el interesado, en circunstancias que se habrían realizado todas las correcciones requeridas por la Dirección de Obras Municipales dentro del plazo otorgado. A este respecto, señala que la Dirección de Obras Municipales realizó una visita técnica inspectiva recién el 5 de julio pasado y otorgó un plazo de 30 días para subsanar los requerimientos que se encontraron en esa oportunidad, por lo que el plazo vencía el 05 de agosto de 2024, a pesar de lo cual la solicitud de renovación de patente fue rechazada por el Concejo municipal antes de cumplirse el plazo otorgado. Por otra parte indica que Sernatur habría realizado una visita al local comercial en noviembre del
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE RECHAZA sin costas, el recurso de protección interpuesto a favor en favor de Cristián Rodrigo Casas Rojas, y en contra de la Ilustre Municipalidad de La Serena y en contra del Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°1438-2024 (Protección)
Texto Completo (Preview)
Casas Rojas, Cristian Rodrigo Ilustre Municipalidad de La Serena y otro Recurso de Protección Rol N° 1438-2024.- La Serena, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Gemita Kormylo Ávila, abogada, interponiendo acción constitucional de protección en favor de Cristián Rodrigo Casas Rojas, y en contra de la Ilustre Municipalidad de La Serena y e
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