3º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

ALFARO ARAVENA LUIS NEMESIO /CERES LIMITADA

Rol

Fecha

26 de septiembre de 2024

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En el entendido que la resolución de veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro por la cual la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, en razón de su texto, anuló todo lo obrado en la causa incluyendo dentro de las actuaciones que quedaron sin efecto aquella resolución de cinco de septiembre de dos mil veintitrés que originariamente admitió la gestión preparatoria a trámite, y

Fundamentos

considerando que el instrumento que sirve de sustento a la solicitud de citar a confesar deuda no da cuenta de una cantidad de dinero líquida o liquidable mediante una simple operación aritmética y, visto, además, lo prescrito en los artículos 186 y 435 del Código de Procedimiento Civil SE CONFIRMA la resolución de doce de junio de dos mil veinticuatro, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Devuélvase. Rol N°1030-2024 (Civil).-

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. VISTO: En el entendido que la resolución de veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro por la cual la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, en razón de su texto, anuló todo lo obrado en la causa incluyendo dentro de las actuaciones que quedaron sin efecto aquella resolución de cinco de septiembre de dos mil veintitrés que originari

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