ELIZONDO/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA
Rol
Fecha
26 de septiembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Jorge Lena Salgado, abogado, en favor de la recurrente Kendra Elizondo Rodríguez, nacionalidad cubana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Ministro del Interior y Seguridad Pública, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en no dar respuesta final, transcurridos más de 13 meses, a su solicitud de nacionalización, vulnerando con ello el derecho de igualdad ante la ley, garantizado en el artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República, y el principio de celeridad contenido en el artículo 7 de la Ley N°19880, por lo que solicita que se emita pronunciamiento por parte de la recurrida y se adopten las medidas necesarias para reestablecer el imperio del derecho y se condene en costas. En cuanto a los antecedentes de hecho, la parte recurrente expone que Kendra Elizondo Rodríguez, cubana, decidió cambiar su condición migratoria e iniciar el proceso de solicitud de nacionalización el 9 de febrero de 2023, solicitud Nº61345560 en trámite, cumpliendo con todos los requisitos legales. Han transcurrido más de 16 meses sin que dicha solicitud tenga una respuesta final, generando una constante preocupación, incertidumbre, inestabilidad emocional y un estado de indefensión a la recurrente. En cuanto al derecho, la recurrente sostiene que el plazo legal para pronunciarse por parte del órgano recurrido es de 6 meses, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente formalizado por acto administrativo fundado del jefe superior del servicio. Agrega que se han vulnerado los principios de celeridad, conclusivo, economía procedimental e inexcusabilidad que debe seguir la Administración del Estado según la Ley Nº19.880. La dilación en pronunciarse por parte de las recurridas sobre la solicitud de nacionalización, en opinión de la recurrente, constituye una omisión ilegal y arbitraria que vulnera el derecho de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 Nº
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en al Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Kendra Elizondo Rodríguez. Regístrese, comuníquese por la vía más rápida y, en su oportunidad archívese. N°Protección-16669-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Jorge Lena Salgado, abogado, en favor de la recurrente Kendra Elizondo Rodríguez, nacionalidad cubana, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Ministro del Interior y Seguridad Pública, por la omisión ilegal y arbitra
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