2º JUZGADO DE LETRAS DE SAN BERNARDO

MARIA VERA VIDAL CON MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO

Rol

Fecha

26 de septiembre de 2024

Materia

INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.169 LEY TRÁNSITO

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo además presente: 1°) Que los documentos acompañados en esta instancia en nada alteran la convicción de estos sentenciadores desde que se trata de instrumentos privados que no han sido ratificados por quien los suscribe, de manera que carecen de mérito probatorio. 2°) Que en lo referido al cálculo del reajuste por la indemnización del daño emergente corresponde que ello sea de acuerdo a la variación experimentada por el I.P.C entre la fecha de su desembolso, esto es el 8 de octubre de 2020, y la de su pago efectivo. En cambio, en lo referente a la indemnización por el daño moral, habiéndose establecido recién su procedencia y monto en la sentencia, corresponde calcular el reajuste de acuerdo a la variación experimentada por el I.P.C entre la fecha en que quede ejecutoriada la sentencia y su pago efectivo. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la sentencia de tres de marzo de dos mil veintitrés, dictada en los autos RIT C-113-2021 del 2° Juzgado de Letras de San Bernardo, con declaración que al cálculo del reajuste por la indemnización del daño emergente se hará de acuerdo a la variación experimentada por el I.P.C entre la fecha de su desembolso, esto es el 8 de octubre de 2020, y la de su pago efectivo; y el reajuste de la indemnización por daño moral se hará de acuerdo a la variación experimentada por el I.P.C entre la fecha del cúmplase de esta sentencia y la de su pago efectivo. Regístrese y devuélvase. N° 864-2023-Civil.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunciaron y alegaron en la Segunda Sala, revocando el abogado Ricardo Márquez y confirmando el abogado Fulvio Valentino. San Miguel, 26 de septiembre de 2024. Diego Muñoz Gaete, relator. San Miguel, veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. A los folios 27 y 28: Téngase presente. Vistos y teniendo además presente: 1°) Que los documentos acompañados en esta instancia en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica