JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ EXEQUIEL TEODORO VIDELA CANAVIRE

Rol

Fecha

26 de septiembre de 2024

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

CONFIRMADA V/C JAC

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Hechos

VISTO: Habiendo oído a los intervinientes en estrado y compartiendo íntegramente los argumentos vertidos por el juez a quo, SE CONFIRMA la resolución apelada de diecinueve de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de esta ciudad, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Exequiel Teodoro Videla Canavire. Decisión acordada con el voto en contra del ministro suplente señor Juan Araya Contreras, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada, entendiendo que no se ha establecido suficientemente el delito, toda vez que no se ha probado fehacientemente que el imputado se haya acercado en términos violentos a la víctima, tal como lo estableció la medida cautelar decretada. Comuníquese por vía de interconexión. Rol N° 836-2024 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a veintiséis de septiembre de dos mil veinticuatro. Sala: Segunda Sala Rol: 836-2024 Penal Ruc: 2401115820-6 RIT: 6483-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministra señora María Verónica Quiroz Fuenzalida, ministro (s) señor Juan Araya Contreras y abogada integrante señora Paula Lepe Caiconte Relator (a): Felipe Salas Torres Di

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